B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211001-5)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 18 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Auxiliar de Control e Información (Grupo V, Nivel 2, Área B), de la Comunidad de Madrid, para personas con discapacidad intelectual
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 234

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE OCTUBRE DE 2021

Pág. 51

Tercero
De conformidad con lo dispuesto en el apartado quinto de la base décima de la señalada Orden 252/2019, de 7 de febrero, en el caso de los aspirantes que, dentro del plazo habilitado en el apartado segundo de esta resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no acreditasen el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo de referencia, o
si del examen de la documentación correspondiente se dedujera que carecen de alguno de
los mismos, no procederá efectuar adjudicación de destino alguna respecto de dichos aspirantes, no pudiendo, por lo tanto, ser contratados, todo ello sin perjuicio de la responsabilidad en la que, en su caso, pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación o en la documentación presentada.
Cuarto
Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de participación por los aspirantes aprobados a la vista de la documentación presentada por los mismos, y resultando,
en todo caso, vinculante la petición de destinos que hubieran formulado aquellos, la Dirección General de Función Pública procederá a hacer pública la adjudicación de destinos que,
en su caso corresponda, mediante resolución que será objeto de debida publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Por las unidades responsables de personal de las Consejerías, Organismos o Entes de
destino de los aspirantes seleccionados, se procederá a la formalización de los contratos con
quienes hayan resultado adjudicatarios, debiendo dichas unidades dar cumplimiento, con carácter previo a la firma de aquellos, a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas
dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en el sector público.
Quinto

BOCM-20211001-5

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los/las interesados/as podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda, dentro del
plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 18 de septiembre de 2021.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.