Alcobendas (BOCM-20210930-55)
Urbanismo. Estudio detalle
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 233

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2021

Pág. 149

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
55

ALCOBENDAS
URBANISMO

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcobendas, en sesión ordinaria celebrada con fecha 31 de agosto de 2021, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

1. Admitir a trámite la propuesta de Estudio de Detalle presentada por la mercantil Padeo ITG, S. L. U., propietaria de la parcela 14-B, sobre la manzana 14 del Plan Parcial SUS
A4 de Valdelacasa y, en consecuencia, aprobar inicialmente el mismo, cuyo objeto se define en la motivación anterior y se ajusta al contenido asignado a tal figura de planeamiento.
2. Someter el expediente a información pública por plazo de veinte días, mediante
anuncios a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario
de los de mayor circulación en la provincia, así como efectuar la publicación por medios telemáticos a la que se refiere el artículo 70.ter de la Ley de Bases de Régimen Local, plazo
aquel durante el cual el expediente podrá ser examinado y formuladas cuantas alegaciones
se estimen pertinentes.
3. Remitir a la Dirección General de Aviación Civil copia de la documentación técnica del expediente así como de la certificación del Acuerdo que se adopte y de la certificación del Informe acreditativo de la inclusión del presente planeamiento en los supuestos
del procedimiento abreviado, que la altura máxima sobre el terreno, incluidos todos los elementos e instalaciones, fijados en el Estudio de Detalle se sitúa en la cota 779,80 msnm y
no supera las superficies limitadoras del Plano de Aplicación del Procedimiento Abreviado
incluido como anexo al informe complementario evacuado por la Dirección General de
Aviación Civil el 24 de noviembre de 2014, que, en ningún caso, las futuras construcciones
superarán los 100 metros de altura con referencia a la cota del terreno natural, que la altura
máxima sobre el terreno, incluidos todos los elementos e instalaciones, fijados en el Estudio de Detalle no superará los 100 metros y que el Estudio de Detalle no se contempla la
instalación de aerogeneradores o el desarrollo de parques eólicos o similares.
En el documento del Estudio de Detalle de la manzana 14 del Plan Parcial SUS A4 de
Valdelacasa se incluyen las menciones señaladas en la resolución de la Dirección General
de Aviación Civil de fecha 24 de noviembre de 2014, en los siguientes términos:
A) Plano de aplicación del procedimiento abreviado con carácter normativo, incluido
como anexo al informe complementario adjunto al escrito favorable evacuado por
la Dirección General de Aviación Civil sobre el documento de “Adaptación y Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas”.
B) Disposiciones con carácter normativo:

BOCM-20210930-55

Con fecha 22 de julio de 2021, la sociedad Padeo ITG, S. L. U., propietaria de la parcela 14-B, presenta proyecto definitivo de Estudio de Detalle de la manzana 14 del Plan
Parcial SUS A4 de Valdelacasa, para su tramitación y aprobación por el Ayuntamiento.
Posteriormente se realizan nuevas revisiones del proyecto con el arquitecto redactor, presentando nueva documentación corregida en fechas 28 y 29 de julio.
El objeto del presente Estudio de Detalle es la ordenación, singular en altura, del volumen de la edificación de la manzana 14, opción que ofrece la ordenanza reguladora del
Plan Parcial, Clave de Zona Terciaria en grado 1.o para la totalidad del ámbito, permitiendo una altura máxima de 100 metros. Se mantienen el resto de los parámetros urbanísticos
definidos por el Plan Parcial para la manzana 14, incluido el retranqueo de la edificación
de 10 metros a los linderos entre parcelas y, por ello, el Estudio de Detalle se ajusta a la determinación del propio Plan Parcial y su documentación es conforme a las exigencias de los
artículos 65 y 66 del Reglamento de Planeamiento de 1978.
Por todo lo anterior, vistos los informes emitidos por los servicios técnicos y jurídicos
del Área de Urbanismo, de acuerdo con lo previsto en el PGOU y en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, esta
Junta de Gobierno Local acuerda: