C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20210930-25)
Plan estratégico ayudas – Orden 2812/2021, de 22 de septiembre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se aprueba el Plan Estratégico para los años 2022, 2023 y 2024, de las siguientes actuaciones: Ayudas al estudio para alumnos con discapacidad, Becas al estudio por aprovechamiento académico excelente y concesión directa de una subvención a las universidades públicas de la Comunidad de Madrid para la financiación de la compensación de precios públicos de matrícula para estudios oficiales para alumnos universitarios en situaciones socioeconómicas desfavorables
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 233
JUEVES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 79
Subvención a las universidades públicas de la Comunidad de Madrid para la financiación de la compensación de precios públicos de matrícula para estudios oficiales para alumnos universitarios en situaciones socioeconómicas desfavorables (Becas socioeconómicas).
Cursos académicos:
— 2022-2023.
— 2023-2024.
— 2024-2025.
La ejecución de las actuaciones comprenderá los ejercicios presupuestarios de 2022,
2023, 2024.
7. Indicadores
Se establecen los siguientes indicadores para comprobar el grado de ejecución de los
objetivos según la línea de subvención a desarrollar:
Ayudas para estudiantes con discapacidad:
— Número de estudiantes con discapacidad que solicitan la ayuda y su grado de discapacidad.
— Número de universidades y centros de enseñanzas artísticas superiores participantes.
Becas aprovechamiento académico excelente:
— Número de alumnos participantes en la convocatoria.
— Número de universidades y centros de enseñanzas artísticas superiores participantes.
Programa de becas para alumnos en situaciones socioeconómicas desfavorables (Becas socioeconómicas):
— Número de alumnos en situaciones socioeconómicas desfavorables que solicitan
las ayudas.
— Número de alumnos en situaciones socioeconómicas desfavorables a los que se les
ha concedido las ayudas y la cuantía de las mismas.
— Número de universidades participantes.
— Número de créditos compensados.
— Umbrales de renta de los alumnos beneficiarios.
8. Sistemas de evaluación
La evaluación se basará principalmente en la revisión de los indicadores que se han
descrito en el apartado anterior. Al inicio de cada actuación se evaluarán los datos obtenidos en ediciones anteriores con todas las incidencias relevantes que hayan acontecido en el
desarrollo de las mismas a los efectos de verificar la correcta evolución del Plan Estratégico y, en su caso, proceder a realizar las modificaciones necesarias.
9.
Medidas correctoras
BOCM-20210930-25
La Dirección General competente en materia de Universidades actuará como órgano
gestor de la línea de ayudas y analizará los resultados obtenidos, a la vista de los sistema
evaluación previstos, lo que unido a las experiencias individuales obtenidas con estudiantes y centros, mediante el intercambio de experiencias y valoraciones de los participantes y
de los gestores, generará premisas e hipótesis de trabajo que, posteriormente sirvan para
formular medidas de actuación y mejora de las futuras convocatorias, que permitan garantizar la optimización del uso de los fondos públicos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 233
JUEVES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 79
Subvención a las universidades públicas de la Comunidad de Madrid para la financiación de la compensación de precios públicos de matrícula para estudios oficiales para alumnos universitarios en situaciones socioeconómicas desfavorables (Becas socioeconómicas).
Cursos académicos:
— 2022-2023.
— 2023-2024.
— 2024-2025.
La ejecución de las actuaciones comprenderá los ejercicios presupuestarios de 2022,
2023, 2024.
7. Indicadores
Se establecen los siguientes indicadores para comprobar el grado de ejecución de los
objetivos según la línea de subvención a desarrollar:
Ayudas para estudiantes con discapacidad:
— Número de estudiantes con discapacidad que solicitan la ayuda y su grado de discapacidad.
— Número de universidades y centros de enseñanzas artísticas superiores participantes.
Becas aprovechamiento académico excelente:
— Número de alumnos participantes en la convocatoria.
— Número de universidades y centros de enseñanzas artísticas superiores participantes.
Programa de becas para alumnos en situaciones socioeconómicas desfavorables (Becas socioeconómicas):
— Número de alumnos en situaciones socioeconómicas desfavorables que solicitan
las ayudas.
— Número de alumnos en situaciones socioeconómicas desfavorables a los que se les
ha concedido las ayudas y la cuantía de las mismas.
— Número de universidades participantes.
— Número de créditos compensados.
— Umbrales de renta de los alumnos beneficiarios.
8. Sistemas de evaluación
La evaluación se basará principalmente en la revisión de los indicadores que se han
descrito en el apartado anterior. Al inicio de cada actuación se evaluarán los datos obtenidos en ediciones anteriores con todas las incidencias relevantes que hayan acontecido en el
desarrollo de las mismas a los efectos de verificar la correcta evolución del Plan Estratégico y, en su caso, proceder a realizar las modificaciones necesarias.
9.
Medidas correctoras
BOCM-20210930-25
La Dirección General competente en materia de Universidades actuará como órgano
gestor de la línea de ayudas y analizará los resultados obtenidos, a la vista de los sistema
evaluación previstos, lo que unido a las experiencias individuales obtenidas con estudiantes y centros, mediante el intercambio de experiencias y valoraciones de los participantes y
de los gestores, generará premisas e hipótesis de trabajo que, posteriormente sirvan para
formular medidas de actuación y mejora de las futuras convocatorias, que permitan garantizar la optimización del uso de los fondos públicos.