C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20210929-19)
Precios públicos – Acuerdo de 8 de septiembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Catálogo de Servicios y Actividades Susceptibles de ser Retribuidos mediante precios públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid y se fijan las cuantías de los precios públicos por la prestación de los servicios de tratamiento de residuos de construcción y demolición en instalaciones de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 94
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 232
quisitos para la fijación y modificación de la cuantía de los precios públicos, previéndose
que, también en este caso, las propuestas “requerirán informe del Consejero de Hacienda”
referencia que, al igual que anteriormente, debe entenderse hoy hecha al Consejero de Economía, Hacienda y Empleo.
En virtud de cuanto antecede, de conformidad con los artículos 27, 28 y 29 del texto
refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, previo informe favorable de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 8 de septiembre de 2021,
ACUERDA
Primero
Modificar el epígrafe G 03 (actualmente sin contenido) del Anexo I del Catálogo de
Servicios y Actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid, establecido por Acuerdo de 23 de julio de 1998, del Consejo de Gobierno, que pasa a tener la siguiente denominación y contenido:
“G 03. Prestación de servicios de gestión de residuos.
— G 03.1. Prestación de servicios de gestión de residuos de construcción y demolición.
d G 03.1.1. Precio por tonelada de entrada de residuos de construcción y demolición limpios monomaterial (RCDLM).
d G 03.1.2. Precio por tonelada de entrada de residuos de construcción y demolición limpios multimaterial (RCDLX).
d G 03.1.3. Precio por tonelada de entrada de residuos de construcción y demolición mezclados multimaterial (RCDMX)”.
Segundo
Fijar las cuantías de los precios públicos de los servicios de gestión de residuos de
construcción y demolición en las instalaciones de la Comunidad en los siguientes términos:
— G 03.1.1. Precio por tonelada de entrada de residuos de construcción y demolición limpios monomaterial (RCDLM): 4,00 euros/t.
— G 03.1.2. Precio por tonelada de entrada de residuos de construcción y demolición limpios multimaterial (RCDLX): 8,00 euros/t.
— G 03.1.3. Precio por tonelada de entrada de residuos de construcción y demolición mezclados multimaterial (RCDMX): 15,00 euros/t.
Tercero
Los precios públicos reflejados en el apartado anterior no incluyen el Impuesto sobre
el Valor Añadido (IVA) en aquellos supuestos que no gocen de exención.
Cuarto
Quinto
Se faculta al titular de la Consejería en materia de Medio Ambiente a desarrollar, previo informe favorable de la Consejería competente en materia de Hacienda, las normas relativas a la gestión, liquidación y recaudación de los precios públicos a que se refiere el presente Acuerdo.
BOCM-20210929-19
Los precios públicos a que se refiere este Acuerdo serán de aplicación, cuando la Comunidad de Madrid realice la gestión directa, a las instalaciones de tratamiento siguientes:
— Complejo Integral de Tratamiento de RCD de El Molar (ML).
— Complejo Integral de Tratamiento de RCD de Navalcarnero (NVL).
— Planta de Tratamiento de RCD de Arganda del Rey (ARG).
— Centro de Clasificación y Transferencia de RCD de Moralzarzal (MRZ).
— Centro de Agrupamiento de RCD de San Martín de Valdeiglesias (SMV).
— Centro de Agrupamiento de RCD de Villarejo de Salvanés (VS).
Pág. 94
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 232
quisitos para la fijación y modificación de la cuantía de los precios públicos, previéndose
que, también en este caso, las propuestas “requerirán informe del Consejero de Hacienda”
referencia que, al igual que anteriormente, debe entenderse hoy hecha al Consejero de Economía, Hacienda y Empleo.
En virtud de cuanto antecede, de conformidad con los artículos 27, 28 y 29 del texto
refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, previo informe favorable de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 8 de septiembre de 2021,
ACUERDA
Primero
Modificar el epígrafe G 03 (actualmente sin contenido) del Anexo I del Catálogo de
Servicios y Actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid, establecido por Acuerdo de 23 de julio de 1998, del Consejo de Gobierno, que pasa a tener la siguiente denominación y contenido:
“G 03. Prestación de servicios de gestión de residuos.
— G 03.1. Prestación de servicios de gestión de residuos de construcción y demolición.
d G 03.1.1. Precio por tonelada de entrada de residuos de construcción y demolición limpios monomaterial (RCDLM).
d G 03.1.2. Precio por tonelada de entrada de residuos de construcción y demolición limpios multimaterial (RCDLX).
d G 03.1.3. Precio por tonelada de entrada de residuos de construcción y demolición mezclados multimaterial (RCDMX)”.
Segundo
Fijar las cuantías de los precios públicos de los servicios de gestión de residuos de
construcción y demolición en las instalaciones de la Comunidad en los siguientes términos:
— G 03.1.1. Precio por tonelada de entrada de residuos de construcción y demolición limpios monomaterial (RCDLM): 4,00 euros/t.
— G 03.1.2. Precio por tonelada de entrada de residuos de construcción y demolición limpios multimaterial (RCDLX): 8,00 euros/t.
— G 03.1.3. Precio por tonelada de entrada de residuos de construcción y demolición mezclados multimaterial (RCDMX): 15,00 euros/t.
Tercero
Los precios públicos reflejados en el apartado anterior no incluyen el Impuesto sobre
el Valor Añadido (IVA) en aquellos supuestos que no gocen de exención.
Cuarto
Quinto
Se faculta al titular de la Consejería en materia de Medio Ambiente a desarrollar, previo informe favorable de la Consejería competente en materia de Hacienda, las normas relativas a la gestión, liquidación y recaudación de los precios públicos a que se refiere el presente Acuerdo.
BOCM-20210929-19
Los precios públicos a que se refiere este Acuerdo serán de aplicación, cuando la Comunidad de Madrid realice la gestión directa, a las instalaciones de tratamiento siguientes:
— Complejo Integral de Tratamiento de RCD de El Molar (ML).
— Complejo Integral de Tratamiento de RCD de Navalcarnero (NVL).
— Planta de Tratamiento de RCD de Arganda del Rey (ARG).
— Centro de Clasificación y Transferencia de RCD de Moralzarzal (MRZ).
— Centro de Agrupamiento de RCD de San Martín de Valdeiglesias (SMV).
— Centro de Agrupamiento de RCD de Villarejo de Salvanés (VS).