Collado Villalba (BOCM-20210928-59)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 231

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2021

Pág. 205

Segunda. Solicitantes
Podrán solicitar las ayudas todas las asociaciones y clubes deportivos locales sin ánimo de lucro, legalmente constituidos y que deberán realizar la actividad que fundamentó el
otorgamiento de la ayuda o encontrarse en situación que legitime su concesión y que cumpla los siguientes requisitos:
a) Estar ubicados y desarrollar su actividad en Collado Villalba.
b) Estar inscritos en el Registro de Asociaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid
en el momento de aprobación de las presentes bases con un año de antigüedad.
c) Estar inscritos en el Registro Municipal de Collado Villalba con al menos un año
de antigüedad en el momento de la aprobación de las presentes bases.
d) Tener entre sus fines la realización de proyectos o actividades relacionadas con el
deporte federado de Collado Villalba.
e) Acreditar y justificar el cumplimiento de las normas que fundamentan la concesión de la ayuda extraordinaria.
f) Compromiso escrito, del club o asociación, de incorporar el logo de Collado Villalba Capital de la Sierra en las equipaciones de todos los jugadores y entrenadores
del club, tanto de los equipos federados como de los equipos de escuela municipal
(en caso de ser gestionada por el club) así como en los equipos de los colegios.
g) No estar inmersas en expedientes de devolución de ayudas concedidas por el
Ayuntamiento de Collado Villalba anteriormente.
h) Facilitar cuanta información le sea requerida por el órgano competente y estar dispuesto a someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por la entidad
concedente.
i) Comunicar a la entidad concedente la obtención de ayudas para la misma finalidad, procedente de otras administraciones o entidades públicas o privadas.
j) Hallarse, con carácter previo al cobro de la ayuda, al corriente de sus obligaciones
con la Seguridad Social, no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas, ni tener deudas de carácter tributario con otras administraciones.
k) Estar al corriente con las obligaciones de la administración Estatal Tributaria.
l) Copia del documento que acredite que todos los monitores están en posesión del
certificado de no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito relacionado contra la libertad en indemnidad sexual de menores.
Tercera. Procedimiento y evaluación de las solicitudes
La adjudicación de las ayudas se realizará de forma directa por la Junta de Gobierno
Local y a propuesta de la Concejalía de Deportes, en atención al interés público de la práctica y fomento de las actividades deportivas, dentro del marco competencial de la Administración Local.
El órgano competente para la evaluación de las solicitudes será la Concejalía de Deportes y que salvo acuerdo al respecto, estará integrado por el Concejal de Deportes, el Coordinador del Área y máximo por tres técnicos de la Concejalía de Deportes.
Para la evaluación de las solicitudes se solicitarán informes y asesoramiento del servicio técnico del Área de Deportes y de cuantos órganos se consideren necesarios. Con esta
documentación se aplicarán los criterios de evaluación establecidos en estas bases y se procederá a elevar una propuesta de resolución a la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de
Collado Villalba, quien resolverá la misma.

Para el cálculo de las ayudas que pueda corresponder a cada entidad solicitante se tendrán en cuanta los siguientes conceptos:
a) Se valorará la diferencia entre los ingresos y los gastos correspondientes a los siguientes conceptos:
1. Inscripción de los equipos federados.
2. Pago de licencias de cada deportista.
3. Seguro accidentes:
- De 1 a 500 euros se concederán 0,25 puntos.
- De 501 euros a 1.000 euros se concederán 0,50 puntos.
- De 1.001euros a 2.000 euros se concederán 0,75 puntos.

BOCM-20210928-59

Cuarta. Criterios de valoración. Baremos de puntuación