Pedrezuela (BOCM-20210927-49)
Organización y funcionamiento. Reglamento uso del archivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 230

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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PEDREZUELA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento de fecha 8 de julio de 2021, sobre la aprobación del Reglamento de Uso del Archivo Municipal del Ayuntamiento de Pedrezuela, cuyo texto íntegro se hace público en
cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local.
1. PREÁMBULO
El presente reglamento se presenta como una necesidad que tienen las organizaciones
e instituciones públicas a la hora de gestionar y conservar su patrimonio documental, que
por ley tienen el cometido de conservarlo, protegerlo y destinarlo a un uso que no impida
su conservación, así como también mantenerlo en lugares adecuados. Se formula como un
conjunto de principios, procedimientos y disposiciones, cuyo cumplimiento afecta y obliga
tanto al Archivo Municipal de Pedrezuela como a todos sus usuarios, es decir: trabajadores
de todas las oficinas, servicios y dependencias municipales, órganos de gobierno, ciudadanos e investigadores.
Se trata de establecer un marco normativo sobre el que se van a desarrollar las relaciones del Archivo con los órganos de gobierno municipal, con los diferentes departamentos
del Ayuntamiento y en última instancia con los usuarios del Archivo, quedando perfectamente definidas las competencias y responsabilidades del Archivo y de las diferentes unidades administrativas u oficinas.
Hay que señalar que, desde el derecho del ciudadano a la participación en los bienes
culturales y el acceso a la información, planteamientos recogidos en la Constitución Española, el Archivo Municipal se presenta como un servicio público que debe ser garantizado
por el Ayuntamiento.
El Ayuntamiento de Pedrezuela quiere disponer así de un sistema de archivos supervisado y dirigido desde su Archivo Municipal, responsable de la totalidad del sistema de
gestión de la documentación administrativa municipal.
Capítulo I

Artículo 1. Definición.—1. Se denomina Archivo Municipal al conjunto orgánico
de documentos de cualquier época y soporte material, producidos y recibidos por el Ayuntamiento en el ejercicio de sus funciones, así como los provenientes de personas físicas o
jurídicas –públicas o privadas- que los hayan cedido a éste y que se conservan debidamente organizados para su utilización en la gestión administrativa municipal, la información a
los ciudadanos, la cultura y la investigación.
2. El archivo Municipal es un servicio público de carácter administrativo especializado en la gestión y tratamiento de la documentación, en su custodia y divulgación.
3. El archivo es también un bien de dominio público en función de lo establecido en
la normativa vigente sobre bienes de las corporaciones locales, pues conserva y custodia el
patrimonio documental municipal. Es por lo tanto propiedad del Ayuntamiento de Pedrezuela.
4. Por archivo entendemos también las distintas instalaciones donde se reúne, conserva, organiza y difunde esa documentación.
5. Se entiende por “documento” toda expresión en lenguaje natural o convencional
y cualquier expresión gráfica, sonora o en imagen, recogidas en cualquier tipo de soporte
material, incluidos los soportes electrónicos, así como los registros electrónicos, estén o no
formados total o parcialmente por documentos electrónicos.

BOCM-20210927-49

Del archivo municipal