Las Rozas de Madrid (BOCM-20210927-42)
Organización y funcionamiento. Ordenanza arbolado urbano
20 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 234
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 230
BOCM-20210927-42
3. En caso de alineaciones urbanas y en función del desarrollo de las especies se deberá contemplar la separación entre ejemplares. En árboles de pequeño tamaño la separación mínima será de 3 a 4 metros, en árboles de tamaño mediano 5-9 metros y en casos de
gran tamaño la separación será de 10 a 12 metros.
4. En el caso de plantaciones en jardines públicos o privados y zonas verdes, se deberá considerar por una parte, el tamaño y el porte para la elección de la especie, y por otra
parte, el espacio físico disponible y la distancia entre ejemplares para la elección del emplazamiento de cada árbol. En el siguiente listado se muestran las especies de árboles adultos más frecuentes en el municipio de Las Rozas de Madrid, exceptuando aquellas especies
catalogadas como exóticas invasoras. En él se recogen las principales características de
cada una y su adaptación a las condiciones climatológicas y edafológicas del municipio.
Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo
pone fin a la vía administrativa, pudiéndose no obstante interponer contra el mismo recurso de reposición, ante el Pleno de la Corporación, en el plazo de un mes, contado a partir
del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o interponer, directamente, recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid. Contra la resolución del recurso de reposición no puede interponerse de
nuevo el mismo recurso, pudiendo entonces los interesados interponer el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Las Rozas de Madrid, a 15 de septiembre de 2021.—El concejal-delegado de Medio
Ambiente y Administración Electrónica, por delegación (decreto Alcaldía-Presidencia
de 13 de marzo de 2020), Jaime Santamarta Martínez.
(03/27.303/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 234
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 230
BOCM-20210927-42
3. En caso de alineaciones urbanas y en función del desarrollo de las especies se deberá contemplar la separación entre ejemplares. En árboles de pequeño tamaño la separación mínima será de 3 a 4 metros, en árboles de tamaño mediano 5-9 metros y en casos de
gran tamaño la separación será de 10 a 12 metros.
4. En el caso de plantaciones en jardines públicos o privados y zonas verdes, se deberá considerar por una parte, el tamaño y el porte para la elección de la especie, y por otra
parte, el espacio físico disponible y la distancia entre ejemplares para la elección del emplazamiento de cada árbol. En el siguiente listado se muestran las especies de árboles adultos más frecuentes en el municipio de Las Rozas de Madrid, exceptuando aquellas especies
catalogadas como exóticas invasoras. En él se recogen las principales características de
cada una y su adaptación a las condiciones climatológicas y edafológicas del municipio.
Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo
pone fin a la vía administrativa, pudiéndose no obstante interponer contra el mismo recurso de reposición, ante el Pleno de la Corporación, en el plazo de un mes, contado a partir
del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o interponer, directamente, recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid. Contra la resolución del recurso de reposición no puede interponerse de
nuevo el mismo recurso, pudiendo entonces los interesados interponer el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Las Rozas de Madrid, a 15 de septiembre de 2021.—El concejal-delegado de Medio
Ambiente y Administración Electrónica, por delegación (decreto Alcaldía-Presidencia
de 13 de marzo de 2020), Jaime Santamarta Martínez.
(03/27.303/21)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791