D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20210925-3)
Convenio – Convenio interadministrativo de 29 de julio de 2021, entre la Comunidad de Madrid, Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía y el Ayuntamiento de Madrid, Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, para la prevención y control del absentismo escolar durante el año 2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 229
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 25 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 53
d Resolución de 21 de julio de 2006, de la Viceconsejería de Educación, por la
que se dictan instrucciones para la organización de las actuaciones de compensación educativa en el ámbito de la enseñanza básica en los centros docentes
sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid, con las modificaciones introducidas por la Resolución de 10 de julio de 2008 y la Resolución
de 26 de marzo de 2012, de la Viceconsejería de Educación.
d Decreto 32/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid.
— Ámbito Municipal:
d Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
d Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de
Madrid.
ANEXO II
Objetivo general: conseguir la asistencia regular a clase de todo el alumnado en edad
de escolarización obligatoria de la ciudad de Madrid.
Objetivos específicos:
— Establecer procedimientos de colaboración y coordinación interinstitucional en
las actuaciones para detectar, prevenir y controlar el absentismo escolar a través
del Plan de Actuación Anual.
— Divulgar el programa y sus procedimientos a centros educativos y entidades o instituciones que intervengan con menores.
— Incrementar la detección del absentismo escolar en el período de escolarización
obligatoria para prevenir posibles situaciones de abandono y fracaso escolar.
— Disminuir la tasa de absentismo escolar mediante la aplicación de programas de
intervención socioeducativa y la actuación conjunta con otros actores sociales.
— Implicar a las familias en el proceso de formación de los/as menores, y en el desarrollo de hábitos adecuados que permitan su asistencia regular al centro educativo.
— Establecer el perfil del alumnado absentista, analizando las causas y factores que
intervienen en cada situación.
— Diseñar y aplicar programas preventivos dirigidos a reforzar la vinculación del/la
menor al sistema educativo.
— Diseñar y desarrollar una respuesta socioeducativa individualizada e integral para
cada menor.
— Mantener la presencia del programa en plataformas comunitarias distritales para
desarrollar intervenciones conjuntas con otros recursos.
Líneas de actuación:
— Favorecer las intervenciones socioeducativas, de forma directa o telemáticamente
si la situación sanitaria lo requiere, con menores y su entorno próximo.
— Desarrollar y mejorar los mecanismos de coordinación con los centros educativos,
fundamentalmente ante períodos críticos que puedan generarse a raíz de la crisis
sanitaria.
— Realizar proyectos preventivos, tanto en la modalidad directa como telemática,
potenciando las tres líneas prioritarias del programa: difusión, escolarización temprana y etapas de transición educativa.
— Intervenir con alumnado de modalidades educativas con perfiles de especial riesgo.
— Incrementar la presencia del programa en plataformas comunitarias distritales
para desarrollar intervenciones conjuntas con otros recursos.
— Elaborar informes trimestrales de seguimiento del programa y el informe-memoria anual correspondiente al curso 2020-2021.
Recursos materiales-personales:
— Educadores/as sociales de absentismo escolar, según establezcan las condiciones
del contrato.
— Coordinadores/as, en función de las necesidades del programa.
BOCM-20210925-3
PLAN DE ACTUACIÓN ANUAL
B.O.C.M. Núm. 229
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 25 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 53
d Resolución de 21 de julio de 2006, de la Viceconsejería de Educación, por la
que se dictan instrucciones para la organización de las actuaciones de compensación educativa en el ámbito de la enseñanza básica en los centros docentes
sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid, con las modificaciones introducidas por la Resolución de 10 de julio de 2008 y la Resolución
de 26 de marzo de 2012, de la Viceconsejería de Educación.
d Decreto 32/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid.
— Ámbito Municipal:
d Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
d Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de
Madrid.
ANEXO II
Objetivo general: conseguir la asistencia regular a clase de todo el alumnado en edad
de escolarización obligatoria de la ciudad de Madrid.
Objetivos específicos:
— Establecer procedimientos de colaboración y coordinación interinstitucional en
las actuaciones para detectar, prevenir y controlar el absentismo escolar a través
del Plan de Actuación Anual.
— Divulgar el programa y sus procedimientos a centros educativos y entidades o instituciones que intervengan con menores.
— Incrementar la detección del absentismo escolar en el período de escolarización
obligatoria para prevenir posibles situaciones de abandono y fracaso escolar.
— Disminuir la tasa de absentismo escolar mediante la aplicación de programas de
intervención socioeducativa y la actuación conjunta con otros actores sociales.
— Implicar a las familias en el proceso de formación de los/as menores, y en el desarrollo de hábitos adecuados que permitan su asistencia regular al centro educativo.
— Establecer el perfil del alumnado absentista, analizando las causas y factores que
intervienen en cada situación.
— Diseñar y aplicar programas preventivos dirigidos a reforzar la vinculación del/la
menor al sistema educativo.
— Diseñar y desarrollar una respuesta socioeducativa individualizada e integral para
cada menor.
— Mantener la presencia del programa en plataformas comunitarias distritales para
desarrollar intervenciones conjuntas con otros recursos.
Líneas de actuación:
— Favorecer las intervenciones socioeducativas, de forma directa o telemáticamente
si la situación sanitaria lo requiere, con menores y su entorno próximo.
— Desarrollar y mejorar los mecanismos de coordinación con los centros educativos,
fundamentalmente ante períodos críticos que puedan generarse a raíz de la crisis
sanitaria.
— Realizar proyectos preventivos, tanto en la modalidad directa como telemática,
potenciando las tres líneas prioritarias del programa: difusión, escolarización temprana y etapas de transición educativa.
— Intervenir con alumnado de modalidades educativas con perfiles de especial riesgo.
— Incrementar la presencia del programa en plataformas comunitarias distritales
para desarrollar intervenciones conjuntas con otros recursos.
— Elaborar informes trimestrales de seguimiento del programa y el informe-memoria anual correspondiente al curso 2020-2021.
Recursos materiales-personales:
— Educadores/as sociales de absentismo escolar, según establezcan las condiciones
del contrato.
— Coordinadores/as, en función de las necesidades del programa.
BOCM-20210925-3
PLAN DE ACTUACIÓN ANUAL