C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20210925-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 8 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Urbaser, S. A., Centro de Trabajo de Arroyomolinos (limpieza viaria y recogida de R. S. U.) (código número 28100391012014)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 229

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 25 DE SEPTIEMBRE DE 2021

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CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA URBASER, S.A. EN SU CENTRO DE TRABAJO DE
ARROYOMOLINOS (MADRID)

CAPITULO I – NORMAS GENERALES

Art. 1º - PARTES QUE CONCIERTAN EL CONVENIO COLECTIVO
El presente Convenio Colectivo ha sido suscrito por la Empresa Urbaser S.A. y la representación de los
trabajadores del centro de trabajo de Arroyomolinos (Madrid), dedicado a la Limpieza Viaria y Recogida de
R.S.U.
Art. 2º - AMBITOS PERSONAL, FUNCIONAL Y TERRITORIAL
El presente Convenio Colectivo será de aplicación a todos los trabajadores de la Empresa Urbaser, S.A.
que presten sus servicios en el centro de trabajo de Arroyomolinos (Madrid), destinados a la Limpieza Viaria
y Recogida de R.S.U.
Dentro del mismo ámbito de aplicación del presente Convenio Colectivo se encuentran afectadas dos
contratas diferentes que el Ayuntamiento de Arroyomolinos licita de forma independiente, de forma que,
consiguientemente, el personal afectado por el presente Convenio Colectivo está adscrito a la contrata que
le corresponde, la cual viene reflejada en su recibo de nómina mensual. Las dos contratas afectadas son
las siguientes:
x

Contrata para la gestión del servicio público de recogida y transporte de residuos urbanos,
suministro, colocación, mantenimiento y lavado de los contenedores para dichos residuos,
recogida de muebles y enseres, recogida selectiva y transporte de envases ligeros y limpieza viaria
de Arroyomolinos.

x

Contrata para la gestión del servicio de recogida de residuos urbanos, limpieza viaria y otros, en
seis sectores del municipio de Arroyomolinos.

Art. 3º - AMBITO TEMPORAL
El presente Convenio entrará en vigor desde su firma, excepto en aquellas materias en las que
expresamente se disponga otra cosa. Su vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2023.
Las retribuciones pactadas en este Convenio se abonarán según lo establecido en la disposición adicional
primera.
Art. 4º - DENUNCIA
Este Convenio Colectivo se denunciará automáticamente al finalizar su vigencia.
Art. 5º - CONDICIONES
Las condiciones establecidas en este Convenio forman un todo indivisible y a efecto de su aplicación
práctica serán consideradas globalmente y en su cómputo anual, sin que sea posible la aplicación de una
normativa aislada sobre condiciones anteriores.
Art. 6º - GARANTIA SALARIAL
Se respetarán las condiciones personales que en conjunto anual excedan de las condiciones establecidas
en el presente Convenio, manteniéndose estrictamente "Ad Personam".

Se estará a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Capítulo XI del
Convenio General del Sector de Saneamiento Público, Limpieza Viaria, Riegos, Recogida, Tratamiento y
Eliminación de Residuos, Limpieza y Conservación de Alcantarillado.
Art. 8º - COMISION PARITARIA
Se crea una Comisión Mixta de vigilancia en la aplicación e interpretación del Convenio integrada por dos
representantes de la Empresa y dos miembros de la parte social pudiendo asistir a sus reuniones, con voz
pero sin voto, los asesores que sus componentes designen.

BOCM-20210925-2

Art. 7º - SUBROGACIÓN DEL PERSONAL