C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20210925-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 6 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo de la empresa R y C Soluciones Industriales y Medioambientales, S. L. U. (código número 28103101012021)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 229

SÁBADO 25 DE SEPTIEMBRE DE 2021

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b.- La empresa deberá igualmente comunicar a la Comisión Paritaria del Convenio su intención
de inaplicar el mismo, concretando las materias que pretende inaplicar; las causas motivadoras y la
duración de las medidas que propone que no podrán prolongarse más allá de la vigencia del
Convenio.
B.-Del resultado del período de consultas:
a) Cuando el período de consultas finalice con acuerdo: Se estará a lo dispuesto en el art.
82.3 párrafo 6 del Estatuto de los Trabajadores.
En el acta de acuerdo, obligatoriamente se tendrá que hacer constar, con exactitud las
nuevas condiciones aplicables en la empresa y su duración que no podrán prolongarse más
allá del momento en el que resulte aplicable un nuevo convenio en dicha empresa.
b) Cuando el período de consultas finalice sin acuerdo: las partes podrán someter las
discrepancias a la Comisión Paritaria prevista en el art. 51 del Convenio, que dispondrá de
un plazo máximo de 7 días para pronunciarse, a contar desde que la discrepancia le haya
sido planteada.
Si en la Comisión no se alcanzase un acuerdo, o las partes no lo hubieran sometido a su
discrepancia, se estará a lo dispuesto en cada momento en la legislación vigente.

Disposición transitoria única.
En función de la decisión judicial que, en cada caso se dicte, en la que venga a establecer unas
condiciones diferentes a las recogidas en este Convenio, se faculta a la Comisión Paritaria para
adaptar el texto del convenio a la resolución judicial que se dicte.
Se le ordena y autoriza al Despacho de abogados Lambal, como apoderados y representantes
legales que son de la empresa R&C Mantenimientos Industriales y Medioambientales, S.L.U. para
realizar todos los trámites necesarios para registrar, validar, subsanar, autorizar y solicitar que el
presente Convenio Colectivo sea publicado en el Boletín oficial que legalmente corresponde para
su conocimiento general, difusión, y plena vigencia “erga omnes”.
ANEXO I
Ver Tabla económica en archivo adjunto Excel 2021
“Tabla económica 2021 Convenio R&C”
2021 TABLAS SALARIALES por GRUPOS y NIVELES

1

2

3

4

5

NIVEL
1A
1B

DESCRIPCIÓN
Titulación universitaria /Gestor de contrato

SALARIO BRUTO
20.789,75 €
18.899,77 €

2A

Adjunto gestor / FP Grado Superior o conoc equival

20.103,14 €

2B

Analista programador

18.275,58 €

2C

Jefe de taller

19.353,83 €

2D

Delineante Proyectista

17.594,39 €

2E

Jefe de administración / operaciones

17.594,39 €

3A

Programador

17.758,37 €
17.250,98 €

3B

Técnico analista

3C

Técnico de operaciones especialista

16.912,73 €

3D

Técnico de administración especialista

16.912,73 €

3E

Encargado

16.912,73 €

3F

Técnico de operaciones de 1ª (oficial 1ª)

16.447,73 €

3G

Técnico de administración de 1ª

15.977,79 €

3H

Delineante de 1ª

15.664,50 €

3i

Oficial de 1ª administrativo

15.664,50 €
15.664,50 €

3J

Operador informático de 1ª

3K

Técnico de operaciones de 2ª (oficial 2ª)

15.792,32 €

3L

Técnico de administración de 2ª

15.341,11 €

3M

Delineante de 2ª

15.040,30 €

3N

Oficial de 2ª administrativo

15.040,30 €
15.040,30 €



Operador informático de 2ª

4A

Auxiliar de operaciones (oficial 3ª)

15.318,54 €

4B

Auxiliar Administrativo

14.589,09 €

5A

Auxiliar técnico / Auxiliar informático

14.589,09 €

5B

Operario Logístico / servicios

14.589,09 €

5C

Aprendiz

14.267,26 €

(03/26.917/21)
http://www.bocm.es

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