Tres Cantos (BOCM-20210924-60)
Organización y funcionamiento. Acuerdo condiciones empleados públicos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 228

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2021

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Funciones

BOCM-20210924-60

Las funciones que deberán realizar los conserjes de centros escolares se ajustarán a lo
siguiente:
— Se encargan de la recogida de papeles y plásticos, así como de la recogida y reposición de papeleras en los patios dentro de la jornada establecida en el Calendario
Escolar como días lectivos.
— En coordinación con las Concejalías de Educación y Obras y Servicios, activarán
los servicios y medios necesarios para la limpieza como consecuencia de la acumulación extraordinaria de hojas, tierra/arena, piedras, excrementos de animales,
en las zonas de pistas y patio escolar. Estos servicios de limpieza serán independientes de los que habitualmente son realizados por los conserjes para el mantenimiento normal en limpieza y buen funcionamiento de las instalaciones en las zonas de pistas y patio escolar.
— Cuando las inclemencias meteorológicas requieran la adopción de medidas en los
patios escolares (limpieza, riego...), la Dirección del Centro y las Concejalías de
Educación y Obras y Servicios activarán los servicios necesarios para subsanar las
incidencias. Estos servicios de limpieza serán independientes de los que habitualmente son realizados por los conserjes para el mantenimiento normal en limpieza
y buen funcionamiento de las instalaciones en las zonas de pistas y patio escolar.
— Se encargarán de custodiar las llaves del Centro, así como de su apertura y cierre
tras la actividad lectiva.
— Atenderán las labores de oficina que les sean asignadas por la Dirección del Centro, tales como fotocopiar, encuadernar, etc. La utilización de fotocopiadoras, encuadernadoras y similares se limitará a las que estén derivadas de las actividades
encuadradas como educativas y que formen parte de la acción formativa y programación establecida por la Dirección del Centro.
— Reposición de material de higiene personal.
— Colaborar, tras petición de la Dirección del centro y/o la Concejalía, en aquellas
actuaciones que, por situaciones de fuerza sobrevenidas, sean necesarias.
Cuando estas colaboraciones se produzcan fuera del horario laboral de los conserjes serán remuneradas, mediante gratificación por servicios extraordinarios, previamente autorizados por la Concejalía de Educación. Las solicitudes de colaboración serán solicitadas al conserje titular de cada centro escolar y serán
voluntarias.
Se realizarán durante el tiempo mínimo imprescindible.
Tres Cantos, a 14 de septiembre de 2021.—La concejala-delegada de Seguridad, Movilidad y Recursos Humanos, María del Mar Sánchez Chico de Guzmán.
(03/27.333/21)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791