Boadilla del Monte (BOCM-20210923-36)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 227

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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BOADILLA DEL MONTE
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto de la convocatoria 2021 del Ayuntamiento de Boadilla del Monte de Ayudas
por nacimiento de hijo, adopción y manutención de menores correspondientes al período
comprendido entre el 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2020.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):

De acuerdo con la ordenanza reguladora aprobada en Pleno de 27 de abril de 2012, modificada en sesión Plenaria el 25 de octubre de 2013 y de 23 de diciembre de 2016, en los
términos que a continuación se concretan se convoca el período de ayuda se convocan las
ayudas por nacimiento de hijo, adopción y manutención de menores correspondientes al período comprendido entre el 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2020.
Primero. Beneficiarios:
a) Beneficiarios de las ayudas por nacimiento: la familia, que cumpliendo los requisitos, hubiera tenido un hijo o adoptado a un menor de edad durante el 2020, pudiendo solicitar la ayuda cualquiera de los progenitores o adoptantes.
b) Beneficiarios de las ayudas por manutención: la familia que, cumpliendo los requisitos establecidos en la ordenanza, hubiera tenido un hijo y tuviera menos de
tres años, esto es, estuviera en el primer, segundo o tercer año de vida durante el
período subvencionable (año 2020), o hubiera adoptado a un menor de edad (con
independencia de la edad del mismo siempre que sea menor de edad), durante los
tres años siguientes a la fecha de la resolución judicial o administrativa de la adopción, dentro del período subvencionable (año 2020).
Segunda. Objeto.—Apoyar a las familias del municipio, destacando la continuidad
en reforzar aquellas ayudas económicas para familias monoparentales, familias numerosas
y atención a la discapacidad.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza municipal reguladora de las citadas ayudas, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 105, de 3
de mayo de 2012, modificada por sesión plenaria celebrada el 25 de octubre de 2013 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 30, de 5 de febrero del 2014, así como modificada en Pleno del 23 de diciembre del 2016, publicada en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 65, de 17 de marzo de 2017.
Cuarto. Cuantías:
A) Ayudas por nacimientos y adopción de menor: Consistirá, con carácter general, en
una ayuda económica de un pago único de hasta 700 euros de importe; no obstante, atendiendo a la categoría de la familia o situación de discapacidad del menor
que genera el derecho de la ayuda, se establece que el importe de la ayuda será:
a.1) 1. Familia numerosa y/o monoparental: un pago único de hasta 1.000 euros.
a.1) 2. Familia numerosa especial: un pago único de hasta 1.300 euros.
a.2)
Discapacidad: un pago único de hasta 2.000 euros en caso de concurrir
minusvalía en el menor en grado superior o igual al 33 por 100.
a.3)
En los supuestos donde el nacimiento o adopción del menor suponga la
concurrencia de la situación de discapacidad y la adquisición de la condición de familia numerosa por la unidad familiar, se realizará un pago único de hasta 3.000 euros.
B) Ayudas por manutenciones: consistirá, con carácter general, en una ayuda económica de importe de hasta 350 euros hasta que el menor cumpla los tres años de edad

BOCM-20210923-36

BDNS (Identif.): 583917