Madrid (BOCM-20210923-30)
Régimen económico. Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 227

BOCM-20210923-30

Sexto. Cuantía de las ayudas.—Las cuantías de las ayudas serán las siguientes, distribuidas entre los ámbitos de la ayuda de la siguiente forma, con la limitación de los precios máximos de adquisición, sin impuestos, que se indican:
— Ámbito 1. “Cero”: 6.000 euros; precio máximo de adquisición 60.000 euros.
— Ámbito 2. “ECO”: 3.000 euros; precio máximo de adquisición 50.000 euros.
— Ámbito 3. “C”: 2.500 euros; precio máximo de adquisición 40.000 euros.
Se incrementará el importe de la ayuda en 2.500 euros para la adquisición del vehículo en los ámbitos 1 y 2, y será requisito para optar a la subvención en el ámbito 3, si el beneficiario acredita que, tras la publicación de la presente convocatoria, ha realizado la baja
definitiva en circulación de un vehículo matriculado en España con categoría de clasificación ambiental “A” (sin distintivo ambiental) del que haya sido su titular al menos durante
los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Los importes totales de los incentivos se incrementarán cuando los beneficiarios sean
personas físicas con discapacidad con movilidad reducida y adquieran un vehículo adaptado o que se adapte para su conducción, o formen parte de una unidad familiar que cuente
con título de familia numerosa.
Cuando concurra una de las dos circunstancias antes señaladas, el importe de la subvención se incrementará en un 10 por 100 y cuando concurran ambas de manera simultánea el incremento será del 20 por 100.
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes de ayuda se presentarán en el concesionario/punto de venta adherido en que el beneficiario vaya a adquirir el
vehículo, a través de la aplicación informática disponible al efecto en www.cambia360.es,
que permitirá conocer el listado actualizado y ubicación de los concesionarios/puntos de
venta adheridos al Programa Cambia 360.
Solo se podrá presentar una solicitud por cada beneficiario. En caso de que se presentaran varias, sólo se consideraría la presentada en primer lugar.
El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes y se iniciará a las 0:00 horas del vencimiento del plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la
publicación de la convocatoria BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de su publicación en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, así como en
la Sede Electrónica.
Octavo. Entidad colaboradora.—La gestión de esta línea de ayudas se realizará por
una entidad colaboradora que ha resultado seleccionada mediante el correspondiente procedimiento de concurrencia, tal y como establece el artículo 16.5 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, y cuya colaboración se ha formalizado a través de
un Convenio de Colaboración.
Madrid, a 15 de septiembre de 2021.—El delegado del Área de Gobierno de Medio
Ambiente y Movilidad, Borja Carabante Muntada.
(03/27.715/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791