C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20210923-17)
Bases subvenciones – Orden 1430/2021, de 13 de septiembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de campos de voluntariado juvenil en la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 227
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 63
cuación y calidad de los medios materiales, transporte y equipamientos. (Hasta 10 puntos).
4.1. Personal con experiencia en animación socio-cultural, ocio, tiempo libre
y dinamización: 4 puntos.
4.2. Adecuación y calidad de los medios materiales a las actividades previstas: 2 puntos.
4.3. Adecuación y calidad del servicio de transporte: 2 puntos.
4.4. Adecuación y calidad de los equipamientos a las actividades previstas: 2
puntos.
o
5. Originalidad e innovación: Se valorará la originalidad, atractivo y el grado de
innovación del proyecto presentado. (Hasta 5 puntos).
5.1. Proyectos cuyo contenido no se haya desarrollado anteriormente en la
Comunidad de Madrid: 2 puntos.
5.2. Atractivo de las actividades del proyecto para los destinatarios: 1,5 puntos.
5.3. Concreción de los elementos innovadores del proyecto: 1,5 puntos.
o
6. Actividades complementarias: Las actividades ofrecidas son suficientes (mínimo del 30% de acuerdo con la dispuesto en el artículo 7.1.j), atractivas, interesantes y originales. (Hasta 5 puntos).
6.1. Cobertura del 30% con actividades complementarias: 1 punto.
6.2. Definición y cronograma de las actividades complementarias: 2 puntos.
6.3. Originalidad de las actividades complementarias: 2 puntos.
b) Logística: hasta un máximo de 30 puntos, de acuerdo con el siguiente desglose:
1.o Alojamiento: Se valorará la calidad, confort y ubicación. Hasta 15 puntos.
2.o Manutención: Se valorará la calidad, variedad, y cantidad de los menús ofrecidos. Hasta 15 puntos.
c) Valoración de la entidad: hasta un máximo de 15 puntos, de acuerdo con el siguiente desglose:
1.o Experiencia: Se asignará la máxima puntuación de 10 puntos a aquella o
aquellas entidades solicitantes que ostenten experiencia en el desarrollo de actividades con jóvenes en los últimos 5 años en campos de voluntariado, campamentos u otras actividades de ocio educativo. Para el resto de entidades, su
puntuación se calculará de manera proporcional.
2.o Capacidad de gestión de la entidad: Se valorarán los recursos humanos y medios técnicos con los que cuente la entidad. Hasta 5 puntos.
d) Viabilidad del proyecto. Hasta 15 puntos de acuerdo con el siguiente desglose:
1.o Viabilidad y coherencia del presupuesto en relación con el proyecto presentado: (Hasta 8 puntos).
1.1. Definición y tiempos de ejecución de los recursos asignados al proyecto
determinantes de la viabilidad para su desarrollo: 4 puntos.
1.2. Adecuación del presupuesto del proyecto a los objetivos previstos para
su correcta ejecución: 4 puntos.
o
2. Cofinanciación: Se asignará la máxima puntuación de 7 puntos a aquella o
aquellas entidades solicitantes que cofinancien el 50% del proyecto. Para el
resto de entidades, su puntuación se calculará de manera proporcional.
Artículo 23
En aquellos supuestos en los que dos o más entidades obtengan la misma puntuación
total, se desempatará teniendo en cuenta la puntuación parcial obtenida en los criterios de
valoración en el orden en que aparecen recogidos en el artículo 22. Si pese a ello persistiera el empate, será determinante la fecha y hora en que conste que fue registrada la solicitud
presentada, y en caso de mantenerse la igualdad entre dos o más solicitudes, la selección se
hará por sorteo.
BOCM-20210923-17
Desempate
B.O.C.M. Núm. 227
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 63
cuación y calidad de los medios materiales, transporte y equipamientos. (Hasta 10 puntos).
4.1. Personal con experiencia en animación socio-cultural, ocio, tiempo libre
y dinamización: 4 puntos.
4.2. Adecuación y calidad de los medios materiales a las actividades previstas: 2 puntos.
4.3. Adecuación y calidad del servicio de transporte: 2 puntos.
4.4. Adecuación y calidad de los equipamientos a las actividades previstas: 2
puntos.
o
5. Originalidad e innovación: Se valorará la originalidad, atractivo y el grado de
innovación del proyecto presentado. (Hasta 5 puntos).
5.1. Proyectos cuyo contenido no se haya desarrollado anteriormente en la
Comunidad de Madrid: 2 puntos.
5.2. Atractivo de las actividades del proyecto para los destinatarios: 1,5 puntos.
5.3. Concreción de los elementos innovadores del proyecto: 1,5 puntos.
o
6. Actividades complementarias: Las actividades ofrecidas son suficientes (mínimo del 30% de acuerdo con la dispuesto en el artículo 7.1.j), atractivas, interesantes y originales. (Hasta 5 puntos).
6.1. Cobertura del 30% con actividades complementarias: 1 punto.
6.2. Definición y cronograma de las actividades complementarias: 2 puntos.
6.3. Originalidad de las actividades complementarias: 2 puntos.
b) Logística: hasta un máximo de 30 puntos, de acuerdo con el siguiente desglose:
1.o Alojamiento: Se valorará la calidad, confort y ubicación. Hasta 15 puntos.
2.o Manutención: Se valorará la calidad, variedad, y cantidad de los menús ofrecidos. Hasta 15 puntos.
c) Valoración de la entidad: hasta un máximo de 15 puntos, de acuerdo con el siguiente desglose:
1.o Experiencia: Se asignará la máxima puntuación de 10 puntos a aquella o
aquellas entidades solicitantes que ostenten experiencia en el desarrollo de actividades con jóvenes en los últimos 5 años en campos de voluntariado, campamentos u otras actividades de ocio educativo. Para el resto de entidades, su
puntuación se calculará de manera proporcional.
2.o Capacidad de gestión de la entidad: Se valorarán los recursos humanos y medios técnicos con los que cuente la entidad. Hasta 5 puntos.
d) Viabilidad del proyecto. Hasta 15 puntos de acuerdo con el siguiente desglose:
1.o Viabilidad y coherencia del presupuesto en relación con el proyecto presentado: (Hasta 8 puntos).
1.1. Definición y tiempos de ejecución de los recursos asignados al proyecto
determinantes de la viabilidad para su desarrollo: 4 puntos.
1.2. Adecuación del presupuesto del proyecto a los objetivos previstos para
su correcta ejecución: 4 puntos.
o
2. Cofinanciación: Se asignará la máxima puntuación de 7 puntos a aquella o
aquellas entidades solicitantes que cofinancien el 50% del proyecto. Para el
resto de entidades, su puntuación se calculará de manera proporcional.
Artículo 23
En aquellos supuestos en los que dos o más entidades obtengan la misma puntuación
total, se desempatará teniendo en cuenta la puntuación parcial obtenida en los criterios de
valoración en el orden en que aparecen recogidos en el artículo 22. Si pese a ello persistiera el empate, será determinante la fecha y hora en que conste que fue registrada la solicitud
presentada, y en caso de mantenerse la igualdad entre dos o más solicitudes, la selección se
hará por sorteo.
BOCM-20210923-17
Desempate