C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20210923-19)
Bases ayudas – Orden 1045/2021, de 9 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas bienales para el fomento de estructuras de empresas en las artes escénicas, de salas de teatro, salas de música y tablaos flamencos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 227
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 89
cial de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en
materia de bases reguladoras, que establece los extremos que las mismas deben recoger.
En atención al principio de seguridad jurídica, la presente norma es coherente con el
resto del ordenamiento jurídico y tiene como objetivo crear un marco estable, predecible y
claro, que se manifestará en sucesivas convocatorias bienales, que permitirá el conocimiento para la toma de decisiones de las empresas interesadas.
En cuanto al principio de transparencia, la tramitación electrónica del procedimiento
de concesión de las ayudas refuerza las garantías de los interesados ya que permite poner a
su disposición una información puntual, ágil y actualizada. Asimismo, atendiendo al principio de eficiencia, y dado que la presente norma establece la utilización del procedimiento electrónico, se evitan cargas administrativas innecesarias y se facilita la gestión de los recursos públicos.
Las ayudas objeto de estas bases reguladoras se acogen a lo dispuesto con el Reglamento (UE) n.o 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran
determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los
artículos 107 y 108 del Tratado, prorrogado por el Reglamento 2020/972 de la Comisión,
por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 651/2014 en lo que respecta a su prórroga y
los ajustes pertinentes.
Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y bajo los
principios de publicidad, concurrencia, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación que han de regir la asignación de ayudas públicas, y a propuesta del Director General de Promoción Cultural,
DISPONGO
Artículo 1
Objeto
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de ayudas bienales para el fomento de estructuras de empresas en las artes escénicas, de salas de teatro, salas de música y tablaos flamencos que realicen su actividad en el territorio de la Comunidad de Madrid, cuya concesión corresponde a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte,
con cargo a sus presupuestos, en régimen de concurrencia competitiva.
Las bases reguladoras serán de aplicación a las siguientes líneas de ayudas:
a) Ayudas a estructuras empresariales de ámbito teatral.
b) Ayudas a estructuras empresariales de ámbito coreográfico.
c) Apoyo a la programación y mantenimiento de salas alternativas y de teatro.
d) Apoyo a la programación y mantenimiento de salas de música en vivo y tablaos
flamencos.
Estas líneas de ayudas serán incompatibles entre sí. Asimismo, serán incompatibles
con las subvenciones anuales que convoque la Dirección General de Promoción Cultural
para las actividades teatrales, coreográficas y musicales.
Artículo 2
En todo lo no dispuesto en las presentes bases reguladoras se aplicará la Ley 2/1995, de 8
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; la Ley 9/1990, de 8 de noviembre,
Reguladora de Hacienda de la Comunidad de Madrid; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el
que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas; el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la Ley de
Subvenciones de la Comunidad de Madrid en materia de bases reguladoras de las mismas;
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, así como la normativa comunitaria de aplicación.
BOCM-20210923-19
Marco normativo y régimen jurídico
B.O.C.M. Núm. 227
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 89
cial de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en
materia de bases reguladoras, que establece los extremos que las mismas deben recoger.
En atención al principio de seguridad jurídica, la presente norma es coherente con el
resto del ordenamiento jurídico y tiene como objetivo crear un marco estable, predecible y
claro, que se manifestará en sucesivas convocatorias bienales, que permitirá el conocimiento para la toma de decisiones de las empresas interesadas.
En cuanto al principio de transparencia, la tramitación electrónica del procedimiento
de concesión de las ayudas refuerza las garantías de los interesados ya que permite poner a
su disposición una información puntual, ágil y actualizada. Asimismo, atendiendo al principio de eficiencia, y dado que la presente norma establece la utilización del procedimiento electrónico, se evitan cargas administrativas innecesarias y se facilita la gestión de los recursos públicos.
Las ayudas objeto de estas bases reguladoras se acogen a lo dispuesto con el Reglamento (UE) n.o 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran
determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los
artículos 107 y 108 del Tratado, prorrogado por el Reglamento 2020/972 de la Comisión,
por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 651/2014 en lo que respecta a su prórroga y
los ajustes pertinentes.
Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y bajo los
principios de publicidad, concurrencia, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación que han de regir la asignación de ayudas públicas, y a propuesta del Director General de Promoción Cultural,
DISPONGO
Artículo 1
Objeto
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de ayudas bienales para el fomento de estructuras de empresas en las artes escénicas, de salas de teatro, salas de música y tablaos flamencos que realicen su actividad en el territorio de la Comunidad de Madrid, cuya concesión corresponde a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte,
con cargo a sus presupuestos, en régimen de concurrencia competitiva.
Las bases reguladoras serán de aplicación a las siguientes líneas de ayudas:
a) Ayudas a estructuras empresariales de ámbito teatral.
b) Ayudas a estructuras empresariales de ámbito coreográfico.
c) Apoyo a la programación y mantenimiento de salas alternativas y de teatro.
d) Apoyo a la programación y mantenimiento de salas de música en vivo y tablaos
flamencos.
Estas líneas de ayudas serán incompatibles entre sí. Asimismo, serán incompatibles
con las subvenciones anuales que convoque la Dirección General de Promoción Cultural
para las actividades teatrales, coreográficas y musicales.
Artículo 2
En todo lo no dispuesto en las presentes bases reguladoras se aplicará la Ley 2/1995, de 8
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; la Ley 9/1990, de 8 de noviembre,
Reguladora de Hacienda de la Comunidad de Madrid; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el
que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas; el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la Ley de
Subvenciones de la Comunidad de Madrid en materia de bases reguladoras de las mismas;
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, así como la normativa comunitaria de aplicación.
BOCM-20210923-19
Marco normativo y régimen jurídico