C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20210922-10)
Plan estratégico subvenciones – Orden 681/2021, de 3 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2020-2023 aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de mayo
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BOCM
Pág. 32
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 226
y sus fuentes de financiación, supeditándose, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos
de estabilidad presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación, en su artículo 4 bis.
En su virtud, y de conformidad con lo previsto en los artículos 4 bis y 7 de la
Ley 2/1995, y el artículo 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Artículo primero
Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones de la ahora Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura para el período 2020-2023 aprobado mediante Orden 611/2020,
de 5 de mayo, con el siguiente detalle:
ANEXO I
LÍNEAS DE SUBVENCIÓN EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA
COMPETITIVA
Epígrafe 1. Ayudas para inversiones en el desarrollo y mejora de montes de titularidad
privada en la Comunidad de Madrid en el marco del Programa de
Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid 2014-2020 financiadas
por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural FEADER
4. Costes previsibles y fuentes de financiación.
Las ayudas están cofinanciadas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020,
por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en un 100% con cargo a los
fondos del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea aprobado por el Reglamento para
apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19 aprobado por Reglamento (UE) 2020/2094
del Consejo de 14 de diciembre de 2020 por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19).
La financiación se realizará con cargo a la posición presupuestaria G/456A/79909.
El crédito previsto en el período 2020-2023 es el siguiente:
AÑO
PREVISIÓN PRESUPUESTARIA
2020
0
2021
300.000 €
2022
800.000 €
2023
800.000 €
ANEXO II
LÍNEAS DE SUBVENCIÓN EN RÉGIMEN DE CONCESIÓN DIRECTA
Epígrafe 4. Ayudas en especie para la realización de los trabajos de restauración
en los municipios declarados Zona de Actuación Urgente por el incendio
ocurrido en los términos municipales de Cadalso de los Vidrios,
Cenicientos y Rozas de Puerto Real, por Decreto 239/2019,
de 24 de septiembre, de Consejo de Gobierno
La financiación prevista para el período 2020-2023 es la siguiente:
2020
1.005.000 €
2021
260.000 €
2022
705.000
2023
40.000 €
BOCM-20210922-10
AÑO
PREVISIÓN PRESUPUESTARIA
Pág. 32
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 226
y sus fuentes de financiación, supeditándose, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos
de estabilidad presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación, en su artículo 4 bis.
En su virtud, y de conformidad con lo previsto en los artículos 4 bis y 7 de la
Ley 2/1995, y el artículo 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Artículo primero
Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones de la ahora Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura para el período 2020-2023 aprobado mediante Orden 611/2020,
de 5 de mayo, con el siguiente detalle:
ANEXO I
LÍNEAS DE SUBVENCIÓN EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA
COMPETITIVA
Epígrafe 1. Ayudas para inversiones en el desarrollo y mejora de montes de titularidad
privada en la Comunidad de Madrid en el marco del Programa de
Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid 2014-2020 financiadas
por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural FEADER
4. Costes previsibles y fuentes de financiación.
Las ayudas están cofinanciadas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020,
por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en un 100% con cargo a los
fondos del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea aprobado por el Reglamento para
apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19 aprobado por Reglamento (UE) 2020/2094
del Consejo de 14 de diciembre de 2020 por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19).
La financiación se realizará con cargo a la posición presupuestaria G/456A/79909.
El crédito previsto en el período 2020-2023 es el siguiente:
AÑO
PREVISIÓN PRESUPUESTARIA
2020
0
2021
300.000 €
2022
800.000 €
2023
800.000 €
ANEXO II
LÍNEAS DE SUBVENCIÓN EN RÉGIMEN DE CONCESIÓN DIRECTA
Epígrafe 4. Ayudas en especie para la realización de los trabajos de restauración
en los municipios declarados Zona de Actuación Urgente por el incendio
ocurrido en los términos municipales de Cadalso de los Vidrios,
Cenicientos y Rozas de Puerto Real, por Decreto 239/2019,
de 24 de septiembre, de Consejo de Gobierno
La financiación prevista para el período 2020-2023 es la siguiente:
2020
1.005.000 €
2021
260.000 €
2022
705.000
2023
40.000 €
BOCM-20210922-10
AÑO
PREVISIÓN PRESUPUESTARIA