Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (BOCM-20210922-23)
Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid. Expropiación
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 226

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2021

Pág. 77

BOCM-20210922-23

4. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid que:
— De acuerdo con el artículo 16.1 de la Ley 37/2015, de Carreteras, se someta el Proyecto al preceptivo informe de la Comunidad Autónoma y Corporaciones Locales
que pudieran ser afectadas.
— De acuerdo con el artículo 8 de la Ley 37/2015, de Carreteras, se someta el Proyecto a informe de los departamentos ministeriales a los que pueda afectar.
— Remita un ejemplar del “Documento para Información Pública” a los Ayuntamientos afectados conforme al artículo 34.7 del Reglamento General de Carreteras (Real Decreto 1812/1994).
— Lleve a cabo los trámites necesarios para que el contenido íntegro de la presente
resolución y la relación a que se refiere el artículo 17 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, sean publicadas en el “Boletín Oficial del
Estado”, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor circulación de dicha Comunidad, comunicándose, además, a los
ayuntamientos en cuyo término radique la cosa a expropiar, para que sean fijadas
en el tablón de anuncios (artículo 18.2 de dicha Ley).
— Señale el lugar de exhibición del expediente, que, en todo caso, deberá estar a disposición de las personas que lo soliciten a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de acuerdo con el artículo 83
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas».
En cumplimiento de la transcrita resolución, el expediente estará expuesto al público
en días y horas hábiles de oficina, en los locales de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid (calle Josefa Valcárcel, 11, 28027 Madrid) y en el Ayuntamiento de Madrid.
Adicionalmente, la información estará disponible en la página web: https://www.mitma.gob.es/el-ministerio/participacion-publica
Durante el señalado plazo de treinta días hábiles, y conforme a lo dispuesto en los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa sobre la necesidad de ocupación
de bienes o adquisición de derechos así como a lo establecido en el artículo 56 del Reglamento sobre el acuerdo de declaración de urgente ocupación, podrán presentarse por escrito en la citada Demarcación de Carreteras o por cualquiera de los sistemas señalados en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, las alegaciones que se estimen pertinentes en relación con
el proyecto de trazado, para rectificar los posibles errores de la relación de bienes y derechos publicada u oponerse, por razones de fondo o forma a la necesidad de ocupación. En
este caso se indicarán los motivos por los que se deba considerar preferente la ocupación de
otros bienes o la adquisición de otros derechos distintos y no comprendidos en dicha relación, como más convenientes al fin que se persigue, en virtud de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.