D) Anuncios - Consejería de Transportes e Infraestructuras - METRO DE MADRID, S. A. (BOCM-20210922-20)
Convenio –  Anuncio de 10 de septiembre 2021, del convenio de colaboración entre Metro de Madrid, S. A. y la Embajada de Colombia en España
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 226

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2021

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IV. Que, en virtud de lo anterior, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio de colaboración, de conformidad con las siguientes:
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto del convenio
El presente convenio tiene por objeto la colaboración que Metro va a prestar a Embajada Colombia concretada en la cesión por parte de Metro de dos espacios en la estación de
Metro de Colombia para la personalización de la misma con dos obras realizadas por varios
artistas colombianos.
Segunda
Obligaciones de Metro
— Metro pondrá a disposición de la Embajada Colombia una serie de espacios en la
estación de Colombia para la exhibición de dos obras realizadas por varios artistas colombianos.
— Quedan expresamente excluidos de este convenio los soportes fijos publicitarios
existentes, o que, en el futuro, puedan situarse en la estación de Colombia.
— Metro se encargará del mantenimiento de las obras instaladas por la Embajada Colombia en la estación de Colombia durante la vigencia de este convenio.
— Comunicación de esta acción a través de los canales de comunicación corporativos de la compañía.
Tercera
— Embajada Colombia queda obligado, en virtud del presente convenio, a ceder gratuitamente y sin exclusividad a Metro, los derechos patrimoniales de las obras que
se realizarán en vinilo y que decorarán determinados espacios de las instalaciones
de la estación de Colombia, de la red del ferrocarril metropolitano madrileño, así
como su comunicación pública a través de los citados espacios.
— La cesión de los textos y posibles gráficos que fueran necesarios para acompañar a
las imágenes en el diseño de los paneles.
— La cesión de derechos de reproducción y comunicación pública del material proporcionado por los Embajada Colombia.
— El diseño, producción e instalación de las obras en vinilo –así como su retirada una
vez finalizada la vigencia del presente convenio– correrá a cargo de Embajada de
Colombia. El diseño final deberá ser validado por Metro.
— Las imágenes/infografías de Embajada Colombia que incluyan las obras realizadas por varios artistas colombianos, deberán de ser aprobadas previamente
por Metro y no podrán incluir marcas o logotipos comerciales, ni ningún contenido que pueda ser considerado publicidad comercial de la Embajada Colombia ni de cualesquiera otras empresas o entidades, excepto el logo oficial institucional de Embajada Colombia.
— La colocación de estos carteles decorativos no alterará la funcionalidad de los elementos constructivos ni de las instalaciones de la estación.
— Embajada Colombia asegura disponer de todos los derechos que permitan la exhibición de las imágenes para la realización de la acción especial en la estación de
Colombia, en los términos del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual
(aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril), eximiendo a Metro de cualquier responsabilidad que pudiera imputársele por el uso de las mismas.
— Embajada Colombia dará difusión a la colaboración prestada por Metro en su web
y canales de comunicación.
— Embajada Colombia reconoce que la exhibición de las obras en vinilo queda supeditada a la disponibilidad de los espacios conforme a los contratos suscritos por
Metro con anterioridad a este Acuerdo, pudiendo suspenderse o darse por finalizada anticipadamente si así es requerido.

BOCM-20210922-20

Obligaciones de Embajada de Colombia