C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20210916-33)
Convocatoria subvenciones – Orden 1394/2021, de 7 de septiembre, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se convocan para el año 2021 subvenciones a entidades sin fin de lucro para acciones dirigidas a la inserción sociolaboral de personas con discapacidad, línea cofinanciada al 50 por 100 por el Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo de la Comunidad de Madrid (2014-2020), Eje 2, Objetivo Temático 9. Prioridad de Inversión 9.3, Objetivo Específico 9.3.2
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BOCM
Pág. 98
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 221
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
ORDEN 1394/2021, de 7 de septiembre, de la Consejera de Familia, Juventud y
Política Social, por la que se convocan para el año 2021 subvenciones a entidades
sin fin de lucro para acciones dirigidas a la inserción sociolaboral de personas con
discapacidad, línea cofinanciada al 50 por 100 por el Fondo Social Europeo en el
marco del Programa Operativo de la Comunidad de Madrid (2014-2020), Eje 2,
Objetivo Temático 9. Prioridad de Inversión 9.3, Objetivo Específico 9.3.2.
La Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, define en su artículo 9 las funciones del sistema público de servicios sociales y señala entre
ellas el “Apoyo para la adquisición o recuperación de habilidades y capacidades personales
que faciliten el desenvolvimiento autónomo, la permanencia en el medio habitual de convivencia y la participación en la vida social de los individuos” y, asimismo, establece en los
artículos 16.1 y 16.2.a), b), c), d), e), f) y g) las prestaciones técnicas para hacerlo efectivo.
El desarrollo de políticas activas para luchar contra la exclusión tiene en cuenta la búsqueda de una mayor cohesión social, con elaboración de nuevas fórmulas que coordinen y
armonicen los distintos recursos, para dar soluciones integrales. La Ley 11/2003, de 27 de
marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, prevé que las Administraciones
responsables del sistema público de servicios sociales, fomentarán la creación y desarrollo
de entidades sin fin de lucro y otras instituciones de análoga naturaleza, garantizando su actuación coordinada.
La participación de la iniciativa social sin fines de lucro en el diseño y desarrollo de
las actuaciones está plenamente justificada, pues son estas entidades, que habitualmente
trabajan con las personas con discapacidad, las que conocen mejor sus necesidades, características y posibilidades, así como los instrumentos más eficaces para potenciar sus capacidades y promover su acceso al mundo laboral.
El objetivo de esta subvención es contribuir a la estrategia de la Unión Europea para
un crecimiento inteligente, sostenible e integrador y se ajusta al Eje 2: “Personas en situación o riesgo de exclusión social”, Objetivo Temático número 9: Promover la inclusión
social y luchar contra la pobreza y cualquier forma de discriminación (artículo 9 del Reglamento (UE) número 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre). Especialmente responde a la Prioridad de Inversión señalada en el artículo 3.1.b) i) del
Reglamento (UE) número 1304/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo al Fondo Social Europeo: La inclusión activa, también con vistas a promover la igualdad de oportunidades, así como la participación activa y la mejora de la posibilidad de encontrar un empleo, y al Objetivo Específico 9.3.2: aumentar la integración
sociolaboral de las personas migrantes o pertenecientes a colectivos en riesgo de exclusión,
a través de actuaciones que fomenten la diversidad y la igualdad de trato y la lucha contra
todo tipo de discriminación.
Los proyectos que se subvencionen se deberán ajustar a las siguientes tipologías de
operación: itinerarios integrados de inserción social y laboral; servicios de acompañamiento y apoyo para la inserción social.
La finalidad de estas subvenciones es conseguir la mayor autonomía de la persona en
su desenvolvimiento personal y su plena integración social mediante actuaciones de carácter transversal para facilitar el acceso normalizado a todos los recursos relacionados con la
autonomía, la participación y la integración en la vida social y económica, determinando
que es función de los servicios sociales sensibilizar e impulsar estas actuaciones.
El acceso al empleo constituye la fórmula más completa de protección frente a la exclusión, motivo por el que todas las estrategias para la inclusión social presentes en los programas y actuaciones sectoriales para personas con discapacidad liderados por la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, dirigidos a evitar o paliar las situaciones
particulares de vulnerabilidad social, se sustentan en gran medida en la mejora de la empleabilidad para favorecer el acceso al empleo a estas personas. En este sentido, la Estrategia Madrileña de Atención a Personas con Discapacidad 2018-2022 tiene como objetivo
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JUEVES 16 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 221
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
ORDEN 1394/2021, de 7 de septiembre, de la Consejera de Familia, Juventud y
Política Social, por la que se convocan para el año 2021 subvenciones a entidades
sin fin de lucro para acciones dirigidas a la inserción sociolaboral de personas con
discapacidad, línea cofinanciada al 50 por 100 por el Fondo Social Europeo en el
marco del Programa Operativo de la Comunidad de Madrid (2014-2020), Eje 2,
Objetivo Temático 9. Prioridad de Inversión 9.3, Objetivo Específico 9.3.2.
La Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, define en su artículo 9 las funciones del sistema público de servicios sociales y señala entre
ellas el “Apoyo para la adquisición o recuperación de habilidades y capacidades personales
que faciliten el desenvolvimiento autónomo, la permanencia en el medio habitual de convivencia y la participación en la vida social de los individuos” y, asimismo, establece en los
artículos 16.1 y 16.2.a), b), c), d), e), f) y g) las prestaciones técnicas para hacerlo efectivo.
El desarrollo de políticas activas para luchar contra la exclusión tiene en cuenta la búsqueda de una mayor cohesión social, con elaboración de nuevas fórmulas que coordinen y
armonicen los distintos recursos, para dar soluciones integrales. La Ley 11/2003, de 27 de
marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, prevé que las Administraciones
responsables del sistema público de servicios sociales, fomentarán la creación y desarrollo
de entidades sin fin de lucro y otras instituciones de análoga naturaleza, garantizando su actuación coordinada.
La participación de la iniciativa social sin fines de lucro en el diseño y desarrollo de
las actuaciones está plenamente justificada, pues son estas entidades, que habitualmente
trabajan con las personas con discapacidad, las que conocen mejor sus necesidades, características y posibilidades, así como los instrumentos más eficaces para potenciar sus capacidades y promover su acceso al mundo laboral.
El objetivo de esta subvención es contribuir a la estrategia de la Unión Europea para
un crecimiento inteligente, sostenible e integrador y se ajusta al Eje 2: “Personas en situación o riesgo de exclusión social”, Objetivo Temático número 9: Promover la inclusión
social y luchar contra la pobreza y cualquier forma de discriminación (artículo 9 del Reglamento (UE) número 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre). Especialmente responde a la Prioridad de Inversión señalada en el artículo 3.1.b) i) del
Reglamento (UE) número 1304/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo al Fondo Social Europeo: La inclusión activa, también con vistas a promover la igualdad de oportunidades, así como la participación activa y la mejora de la posibilidad de encontrar un empleo, y al Objetivo Específico 9.3.2: aumentar la integración
sociolaboral de las personas migrantes o pertenecientes a colectivos en riesgo de exclusión,
a través de actuaciones que fomenten la diversidad y la igualdad de trato y la lucha contra
todo tipo de discriminación.
Los proyectos que se subvencionen se deberán ajustar a las siguientes tipologías de
operación: itinerarios integrados de inserción social y laboral; servicios de acompañamiento y apoyo para la inserción social.
La finalidad de estas subvenciones es conseguir la mayor autonomía de la persona en
su desenvolvimiento personal y su plena integración social mediante actuaciones de carácter transversal para facilitar el acceso normalizado a todos los recursos relacionados con la
autonomía, la participación y la integración en la vida social y económica, determinando
que es función de los servicios sociales sensibilizar e impulsar estas actuaciones.
El acceso al empleo constituye la fórmula más completa de protección frente a la exclusión, motivo por el que todas las estrategias para la inclusión social presentes en los programas y actuaciones sectoriales para personas con discapacidad liderados por la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, dirigidos a evitar o paliar las situaciones
particulares de vulnerabilidad social, se sustentan en gran medida en la mejora de la empleabilidad para favorecer el acceso al empleo a estas personas. En este sentido, la Estrategia Madrileña de Atención a Personas con Discapacidad 2018-2022 tiene como objetivo
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