C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20210915-21)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 817/2021, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se procede a la convocatoria, para el año 2021, de los pagos de compensación en zonas de montaña de la Comunidad de Madrid, cofinanciada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER)
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 220
MIÉRCOLES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 143
Cuarto
Cuantía de las ayudas
Estas ayudas se convocan con un presupuesto total de 750.000 euros para 2022, estando cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en un 75
por 100, por la Administración General del Estado en un 7,5 por 100 y por la Comunidad
de Madrid en un 17,5 por 100 restante.
Su financiación se efectuará con cargo al subconcepto 77306 “Actuaciones Agrícolas”
del Programa Presupuestario 411A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid.
El importe de dicho pago consistirá en 100 euros anuales por hectárea indemnizable,
siendo la superficie máxima indemnizable por explotación de 50 hectáreas. El importe mínimo de la ayuda no podrá ser menor de 25 euros por hectárea, cuando a esta prima se le
apliquen coeficientes reductores.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Quince días contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente
extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto
Información Complementaria
Se entiende por municipios en zonas desfavorecidas de montaña los incluidos en el
Anexo I de la orden de convocatoria.
En Madrid, a 9 de septiembre de 2021.
La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
PALOMA MARTÍN MARTÍN
BOCM-20210915-21
(03/27.157/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 220
MIÉRCOLES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 143
Cuarto
Cuantía de las ayudas
Estas ayudas se convocan con un presupuesto total de 750.000 euros para 2022, estando cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en un 75
por 100, por la Administración General del Estado en un 7,5 por 100 y por la Comunidad
de Madrid en un 17,5 por 100 restante.
Su financiación se efectuará con cargo al subconcepto 77306 “Actuaciones Agrícolas”
del Programa Presupuestario 411A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid.
El importe de dicho pago consistirá en 100 euros anuales por hectárea indemnizable,
siendo la superficie máxima indemnizable por explotación de 50 hectáreas. El importe mínimo de la ayuda no podrá ser menor de 25 euros por hectárea, cuando a esta prima se le
apliquen coeficientes reductores.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Quince días contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente
extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto
Información Complementaria
Se entiende por municipios en zonas desfavorecidas de montaña los incluidos en el
Anexo I de la orden de convocatoria.
En Madrid, a 9 de septiembre de 2021.
La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
PALOMA MARTÍN MARTÍN
BOCM-20210915-21
(03/27.157/21)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791