C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20210915-21)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 817/2021, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se procede a la convocatoria, para el año 2021, de los pagos de compensación en zonas de montaña de la Comunidad de Madrid, cofinanciada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER)
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 142

MIÉRCOLES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 220

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
21

EXTRACTO de la Orden 817/2021, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda
y Agricultura, por la que se procede a la convocatoria, para el año 2021, de los pagos de compensación en zonas de montaña de la Comunidad de Madrid, cofinanciada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
BDNS (583385)

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en BDNS (http://www.infosubvenciones.es/
bdnstrans/GE/es/index).
Primero
Beneficiarios
Los beneficiarios deberán reunir los siguientes requisitos:
1. Ser titular de una explotación agraria que, total o parcialmente, esté ubicada en las
zonas de montaña de la Comunidad de Madrid definidas en la disposición tercera de la Orden de Convocatoria y relacionadas en su Anexo I.
2. Ser titular de una explotación agraria, bien a título individual o como socio de una
explotación agraria constituida como Cooperativa Agraria o como Sociedad Agraria de
Transformación (SAT) que tenga la calificación de explotación agraria prioritaria, que reúnan los requisitos de agricultor activo no pluriactivo (agricultor a título principal) y siempre que usen superficies agrícolas en las zonas de montaña. Cada socio podrá percibir la indemnización correspondiente a su cuota de participación. En los casos en que también se
solicite ayuda como titular de una explotación individual o como socio de otras Cooperativas Agrarias y/o Sociedades Agrarias de Transformación, deberán acumularse ambas a los
efectos del cálculo de una indemnización compensatoria única.
Segundo
Objeto
Realizar pagos de compensación entendidos como pagos indemnizatorios y encuadrados dentro del Programa de Desarrollo Rural para la Comunidad de Madrid para el período 2014-2020 cuyo objeto es indemnizar por los costes adicionales y la pérdida de ingresos
por las dificultades que se derivan de mantener la actividad agraria en zonas con dificultades naturales debido a su ubicación en zonas de montaña.
Tercero
Las bases reguladoras por las que se rige esta convocatoria fueron aprobadas mediante la Orden 1420/2016, de 21 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se establecen en la Comunidad de Madrid
las bases reguladoras de los pagos de compensación en zonas de montaña de la Comunidad
de Madrid, cofinanciada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER),
modificadas por la Orden 1617/2020, de 31 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 13 de agosto de 2020) corregidas mediante la Orden 2517/2020, de 5 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de octubre de 2020) y modificadas por la Orden 1047/2021, de 25 de mayo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 9 de junio de 2021).

BOCM-20210915-21

Bases reguladoras