D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20210915-36)
Convenio –  Convenio de colaboración de 1 de septiembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid y la empresa municipal Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S. A., para el diseño, construcción y servicios accesorios de los stands de la Comunidad de Madrid y de la Ciudad de Madrid en la Feria Internacional de Turismo FITUR 2022
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 220

Octava
Responsabilidad en la ejecución del Convenio
Cada parte será responsable frente a la otra por cualquier reclamación judicial o extrajudicial que se produzca como consecuencia de ejecución de lo detallado en el Convenio
y/o por el incumplimiento de cualquiera de los compromisos, manifestaciones y garantías
asumidas por cada una de ellas en virtud del mismo.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente Convenio que lleve consigo la ineficacia del mismo, cuya causa no sea un caso de fuerza mayor, facultará a las otras Partes: bien para exigir el cumplimiento de las obligaciones recogidas en el Convenio, bien para resolverlo con los efectos legalmente previsto, y al mismo
tiempo reclamar a la parte incumplidora la indemnización que corresponda por todos los
daños y perjuicios que se haya causado por dicho incumplimiento.
Novena
Naturaleza jurídica del Convenio, ley aplicable y resolución de conflictos

BOCM-20210915-36

El presente Convenio, de naturaleza administrativa, se suscribe al amparo de lo establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Queda excluido del ámbito de aplicación directa de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre,
de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español
las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de
febrero de 2014, en virtud de su artículo 6.1, si bien se aplicarán los principios de dicha Ley
para resolver las dudas y lagunas que puedan presentarse.
El orden jurisdiccional contencioso administrativo será el competente para resolver las
controversias que puedan surgir entre las partes.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
Convenio, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente a la firma de la
Comunidad de Madrid o, en ausencia de fecha en el pie de firma, la que figure en el encabezamiento.
Madrid, a 1 de septiembre de 2021.—Por la Comunidad de Madrid: la Consejera de
Cultura, Turismo y Deporte, Marta Rivera de la Cruz.—Por Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S. A., el Consejero Delegado, Fernando Benzo Sainz.
(03/26.643/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791