Manzanares el Real (BOCM-20210914-58)
Régimen económico. Ordenanza explotación huertos urbanos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 219
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 135
BOCM-20210914-58
El Ayuntamiento podrá habilitar un servicio voluntario de acompañamiento y asesoramiento de agricultura ecológica, con la correspondiente tasa que se establezca, para aquellos huertos cuyas personas adjudicatarias lo requieran.
La adjudicación del huerto no comprende en ningún caso el suministro de semillas,
plantones, aperos ni otros útiles que deberán ser aportados por la persona beneficiaria.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de
este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
En Manzanares el Real, a 3 de septiembre de 2021.—El alcalde-presidente, José Luis
Labrador Vioque.
(03/26.572/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 219
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 135
BOCM-20210914-58
El Ayuntamiento podrá habilitar un servicio voluntario de acompañamiento y asesoramiento de agricultura ecológica, con la correspondiente tasa que se establezca, para aquellos huertos cuyas personas adjudicatarias lo requieran.
La adjudicación del huerto no comprende en ningún caso el suministro de semillas,
plantones, aperos ni otros útiles que deberán ser aportados por la persona beneficiaria.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de
este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
En Manzanares el Real, a 3 de septiembre de 2021.—El alcalde-presidente, José Luis
Labrador Vioque.
(03/26.572/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791