Madrid (BOCM-20210913-31)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Delegación de funciones
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BOCM
Pág. 76
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 218
de una mayor celeridad en la tramitación y ejecución de las obras, ello básicamente por la
aplicación del vigente Acuerdo Marco de las Obras de Reforma, Reparación y Conservación del Conjunto de Edificios y Espacios Públicos cuya competencia corresponde al Distrito de Villa de Vallecas, lote 3, que posibilita la ejecución de este tipo de actuaciones mediante la tramitación de un contrato basado en un procedimiento que acorta sensiblemente
los plazos de tramitación.
Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a
lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, avoque las competencias previamente delegadas en la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes en el apartado 9.o 1.4.a) y d) del Acuerdo de 4 de julio de 2019,
de la Junta de Gobierno, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio
Ambiente y Movilidad, en la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental en
el apartado 12.o 1.3.e) del mismo acuerdo; y en la Dirección General de Conservación de
Vías Públicas en el apartado 8.o 1.4 del Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos;
y que tales competencias sean posteriormente delegadas en la Concejala Presidenta de Distrito de Villa de Vallecas única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar los contratos relativos a la realización del
proyecto de obras de remodelación de la zona de aparcamiento de la calle Embalse del Vellón y Embalse de Navacerrada en el Ensanche de Vallecas, aprobado por Decreto de 17 de
mayo de 2021, de la concejala-presidenta de Distrito de Villa de Vallecas.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 e) y 17.2 de la Ley 22/2006,
de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la
titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, del titular del Área de Gobierno de Medio
Ambiente y Movilidad y de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, que
eleva la Vicealcaldesa y, previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de
Madrid, en su reunión de 2 de septiembre de 2021,
Primero.—Avocar las competencias delegadas en la Dirección General de Gestión del
Agua y Zonas Verdes en el apartado 9.o 1.4.a) y d) del Acuerdo de 4 de julio de 2019, de la
Junta de Gobierno, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad; en la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental en el
apartado 12.o 1.3.e) del mismo acuerdo; y en la Dirección General de Conservación de Vías
Públicas en el apartado 8.o 1.4 del Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar los contratos relativos a la realización del proyecto de obras de
remodelación de la zona de aparcamiento de la calle Embalse del Vellón y Embalse de Navacerrada en el Ensanche de Vallecas, aprobado por Decreto de 17 de mayo de 2021, de la
concejala-presidenta de Distrito de Villa de Vallecas.
Segundo.—Delegar en la concejala-presidenta del Distrito de Villa de Vallecas las
competencias avocadas en el apartado primero.
Las competencias en materia de contratación y gastos que se deriven de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de 25 de julio de 2019, de la
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos.
Tercero.—Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente Acuerdo.
Cuarto.—Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver
las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.
Quinto.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía a dictar los decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.
Sexto.—El presente Acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.
Séptimo.—Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.
Madrid, a 3 de septiembre de 2021.—La directora de la Oficina del Secretario de la
Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(03/26.570/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210913-31
ACUERDA
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B.O.C.M. Núm. 218
de una mayor celeridad en la tramitación y ejecución de las obras, ello básicamente por la
aplicación del vigente Acuerdo Marco de las Obras de Reforma, Reparación y Conservación del Conjunto de Edificios y Espacios Públicos cuya competencia corresponde al Distrito de Villa de Vallecas, lote 3, que posibilita la ejecución de este tipo de actuaciones mediante la tramitación de un contrato basado en un procedimiento que acorta sensiblemente
los plazos de tramitación.
Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a
lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, avoque las competencias previamente delegadas en la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes en el apartado 9.o 1.4.a) y d) del Acuerdo de 4 de julio de 2019,
de la Junta de Gobierno, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio
Ambiente y Movilidad, en la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental en
el apartado 12.o 1.3.e) del mismo acuerdo; y en la Dirección General de Conservación de
Vías Públicas en el apartado 8.o 1.4 del Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos;
y que tales competencias sean posteriormente delegadas en la Concejala Presidenta de Distrito de Villa de Vallecas única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar los contratos relativos a la realización del
proyecto de obras de remodelación de la zona de aparcamiento de la calle Embalse del Vellón y Embalse de Navacerrada en el Ensanche de Vallecas, aprobado por Decreto de 17 de
mayo de 2021, de la concejala-presidenta de Distrito de Villa de Vallecas.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 e) y 17.2 de la Ley 22/2006,
de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la
titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, del titular del Área de Gobierno de Medio
Ambiente y Movilidad y de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, que
eleva la Vicealcaldesa y, previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de
Madrid, en su reunión de 2 de septiembre de 2021,
Primero.—Avocar las competencias delegadas en la Dirección General de Gestión del
Agua y Zonas Verdes en el apartado 9.o 1.4.a) y d) del Acuerdo de 4 de julio de 2019, de la
Junta de Gobierno, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad; en la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental en el
apartado 12.o 1.3.e) del mismo acuerdo; y en la Dirección General de Conservación de Vías
Públicas en el apartado 8.o 1.4 del Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar los contratos relativos a la realización del proyecto de obras de
remodelación de la zona de aparcamiento de la calle Embalse del Vellón y Embalse de Navacerrada en el Ensanche de Vallecas, aprobado por Decreto de 17 de mayo de 2021, de la
concejala-presidenta de Distrito de Villa de Vallecas.
Segundo.—Delegar en la concejala-presidenta del Distrito de Villa de Vallecas las
competencias avocadas en el apartado primero.
Las competencias en materia de contratación y gastos que se deriven de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de 25 de julio de 2019, de la
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos.
Tercero.—Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente Acuerdo.
Cuarto.—Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver
las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.
Quinto.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía a dictar los decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.
Sexto.—El presente Acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.
Séptimo.—Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.
Madrid, a 3 de septiembre de 2021.—La directora de la Oficina del Secretario de la
Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(03/26.570/21)
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