Madrid (BOCM-20210913-32)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Delegación de funciones
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

LUNES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 218

pavimentos del viario, corresponden a los distritos únicamente si se trata de “Parques y jardines
urbanos” con superficie inferior a 5.000 m2 o si se trata de vegetación espontánea o solares.
En el caso que nos atañe la superficie excede de la citada superficie, y no se trata de
vegetación espontánea o solares, por lo que el distrito carece de competencias.
Desde el punto de vista social, hay que tener en cuenta según ha quedado expuesto en
la referida Mesa Técnica Sectorial de Movilidad y Transporte público, la actuación pretendida ha sido muy demandada por los vecinos de la zona.
Por otro lado, el distrito ya tiene localizada e identificada la parcela propicia para acometer la actuación y, asimismo, elaborado el proyecto básico para las obras de accesibilidad
en la escalinata que une las calles Sepúlveda y Monsalupe. Por tanto, está en disposición para
licitar y ejecutar en el presente ejercicio el contrato basado del Acuerdo Marco de Ayuda a la
Redacción de Proyectos del Área de Gobierno de Hacienda y Personal, garantizando así la celeridad en su ejecución y dando respuesta a la necesidad de priorizar este proyecto, especialmente relevante para los vecinos del Distrito y, en concreto, del Barrio Lucero.
Del mismo modo, el Distrito de Latina dispone de la financiación necesaria al contar en
su presupuesto ordinario con crédito para hacer frente a la redacción del proyecto y haber
sido aceptada la financiación de la ejecución de la indicada obra con cargo a fondos PERT.
Al mismo tiempo, el distrito cuenta con los recursos humanos y técnicos precisos para
abordar, con garantías y con la celeridad precisa, este proyecto en la medida que su diseño
ha sido elaborado por los propios servicios técnicos del distrito, que cuentan con la solvencia técnica y experiencia precisa tanto para la dirección y coordinación de la redacción del
proyecto, como para la obra de construcción propiamente dicha. A ello se une, además, el
compromiso de dar cumplimiento a los Acuerdos del Pleno de la Junta Municipal de Latina y una mayor cercanía a los vecinos y a sus necesidades, que permiten orientar el proyecto para asegurar dar respuesta completa a las exigencias de servicio público que pretenden
satisfacerse con esta actuación.
Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme
a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, avoque las competencias previamente delegadas en la Dirección General de
Gestión del Agua y Zonas Verdes en el apartado 9.o 1.4.a) del Acuerdo de 4 de julio de 2019
de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área
de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar el contrato de obras
de mejora de la accesibilidad en la conexión peatonal existente entre las calles Sepúlveda y
Monsalupe, y que tales competencias sean posteriormente delegadas en el Concejal-Presidente del Distrito de Latina.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1.e) y 17.2 de la
Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta
conjunta de la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía y del titular del Área de Gobierno
de Medio Ambiente y Movilidad, que eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación, la Junta
de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 2 de septiembre de 2021,
ACUERDA
Primero.—Avocar las competencias delegadas en la Dirección General de Gestión del
Agua y Zonas Verdes en el apartado 9.o 1.4.a) del Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta
de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno
de Medio Ambiente y Movilidad; única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar el contrato de obras de mejora de
la accesibilidad en la conexión peatonal existente entre las calles Sepúlveda y Monsalupe.
Segundo.—Delegar en el Concejal-Presidente del Distrito de Latina las competencias
avocadas en el apartado primero.
Las competencias en materia de contratación y gastos que pudieran derivarse de dichas
actuaciones se ejercerán de conformidad con el Acuerdo de 25 de julio de 2019 de la Junta
de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos.
Tercero.—Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.

BOCM-20210913-32

Pág. 78

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID