Velilla de San Antonio (BOCM-20210910-42)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 164
VIERNES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 216
— En aquellos casos en los que no se ha visto afectados por el cierre de establecimiento dispuesto en RD 465/2020, de 17 de marzo, que modifica el artículo 10 del RD 463/2020, de 14 de marzo, y hayan sufrido una reducción de su
facturación de al menos el 75%, en los términos expresados anteriormente,
deberán acreditar esta reducción mediante la aportación de alguna de la siguiente información contable, que lo justifique:
d Modelos 303 y 390 Declaraciones trimestrales y anuales de IVA para los
periodos: 3.o y 4.o T/2019 y 1.o y 2.o T/2020.
d Libros contables debidamente fechados (Ejercicios 2019 y 2020):
–
–
–
–
Copia del libro de registro de facturas emitidas y recibidas.
O Libro diario de ingresos y gastos.
O Libro registro de ventas y e ingresos.
O Libro de compras y gastos.
— Cuando la persona física no esté obligada a presentar declaraciones de IVA ni
a llevar los libros que acreditan el volumen de actividad, deberán acreditar la
reducción al menos del 75% exigida por cualquier medio de prueba admitido
en derecho.
— Declaración responsable firmada por la persona interesada o representante de la
persona o entidad solicitante según modelo establecido en la sede electrónica.
En el caso de que la persona física, jurídica, comunidad de bienes, sociedad civil u otra
entidad sin personalidad jurídica, que realice la solicitud de subvenciones tuviese concedido un aplazamiento/fraccionamiento de deudas con la Tesorería General de la Seguridad
Social, con la Agencia Estatal de Administración Tributaria o con la Tesorería Municipal,
deberá presentar con la solicitud, la resolución de concesión del mismo junto al último certificado de carecer de deudas posterior a la concesión del aplazamiento.
Las solicitudes de los interesados acompañarán los documentos e informaciones determinados en la convocatoria, salvo que los documentos exigidos ya estuvieran en poder de
cualquier órgano de la Administración actuante, o hayan sido elaborados por cualquier otra
Administración. La administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos
salvo que el interesado se opusiera a ello.
No cabrá la oposición cuando la aportación del documento se exigiera en el marco del
ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10
días hábiles, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.
Quinto. Lugar y plazos de presentación de las solicitudes
1. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será
de 10 días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria
en el Boletín oficial de la Comunidad de Madrid. La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido y la no utilización de los formularios normalizados, de uso
obligatorio, serán causas de inadmisión.
2. Presentación de solicitudes. Las solicitudes se formularán en el modelo disponible en la web municipal https://velilladesanantonio.sedelectronica.es/info.0
a) Solicitudes presenciales. En los horarios de funcionamiento del Registro del
Ayuntamiento de Velilla de San Antonio, Plaza Constitución, 1. En caso de producirse nuevas situaciones a consecuencia del COVID-19 en las que hubiera que
limitar el uso de este canal de presentación de solicitudes se comunicarán los cauces alternativos.
b) Solicitudes por correo administrativo, conforme a lo establecido en el art. 16.4 de
la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
c) Solicitudes telemáticas se presentará se presentarán a través de la Sede Electrónica
del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio.
BOCM-20210910-42
Podrán solicitarse de la siguiente forma:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 164
VIERNES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 216
— En aquellos casos en los que no se ha visto afectados por el cierre de establecimiento dispuesto en RD 465/2020, de 17 de marzo, que modifica el artículo 10 del RD 463/2020, de 14 de marzo, y hayan sufrido una reducción de su
facturación de al menos el 75%, en los términos expresados anteriormente,
deberán acreditar esta reducción mediante la aportación de alguna de la siguiente información contable, que lo justifique:
d Modelos 303 y 390 Declaraciones trimestrales y anuales de IVA para los
periodos: 3.o y 4.o T/2019 y 1.o y 2.o T/2020.
d Libros contables debidamente fechados (Ejercicios 2019 y 2020):
–
–
–
–
Copia del libro de registro de facturas emitidas y recibidas.
O Libro diario de ingresos y gastos.
O Libro registro de ventas y e ingresos.
O Libro de compras y gastos.
— Cuando la persona física no esté obligada a presentar declaraciones de IVA ni
a llevar los libros que acreditan el volumen de actividad, deberán acreditar la
reducción al menos del 75% exigida por cualquier medio de prueba admitido
en derecho.
— Declaración responsable firmada por la persona interesada o representante de la
persona o entidad solicitante según modelo establecido en la sede electrónica.
En el caso de que la persona física, jurídica, comunidad de bienes, sociedad civil u otra
entidad sin personalidad jurídica, que realice la solicitud de subvenciones tuviese concedido un aplazamiento/fraccionamiento de deudas con la Tesorería General de la Seguridad
Social, con la Agencia Estatal de Administración Tributaria o con la Tesorería Municipal,
deberá presentar con la solicitud, la resolución de concesión del mismo junto al último certificado de carecer de deudas posterior a la concesión del aplazamiento.
Las solicitudes de los interesados acompañarán los documentos e informaciones determinados en la convocatoria, salvo que los documentos exigidos ya estuvieran en poder de
cualquier órgano de la Administración actuante, o hayan sido elaborados por cualquier otra
Administración. La administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos
salvo que el interesado se opusiera a ello.
No cabrá la oposición cuando la aportación del documento se exigiera en el marco del
ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10
días hábiles, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.
Quinto. Lugar y plazos de presentación de las solicitudes
1. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será
de 10 días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria
en el Boletín oficial de la Comunidad de Madrid. La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido y la no utilización de los formularios normalizados, de uso
obligatorio, serán causas de inadmisión.
2. Presentación de solicitudes. Las solicitudes se formularán en el modelo disponible en la web municipal https://velilladesanantonio.sedelectronica.es/info.0
a) Solicitudes presenciales. En los horarios de funcionamiento del Registro del
Ayuntamiento de Velilla de San Antonio, Plaza Constitución, 1. En caso de producirse nuevas situaciones a consecuencia del COVID-19 en las que hubiera que
limitar el uso de este canal de presentación de solicitudes se comunicarán los cauces alternativos.
b) Solicitudes por correo administrativo, conforme a lo establecido en el art. 16.4 de
la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
c) Solicitudes telemáticas se presentará se presentarán a través de la Sede Electrónica
del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio.
BOCM-20210910-42
Podrán solicitarse de la siguiente forma: