C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20210907-14)
Plan anual inspección educativa –  Resolución de 30 de agosto de 2021, de la Viceconsejería de Organización Educativa, por la que se aprueba el Plan Anual de Actuación de la Inspección Educativa para el curso 2021-2022
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 213

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía
RESOLUCIÓN de 30 de agosto de 2021, de la Viceconsejería de Organización
Educativa, por la que se aprueba el Plan Anual de Actuación de la Inspección
Educativa para el curso 2021-2022.

El Decreto 288/2019, de 12 noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Juventud, en relación con el
Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que
se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y
el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, atribuye a la Viceconsejería de Organización Educativa, en su artículo 4, apartado c, el ejercicio de las competencias que corresponden en general a la consejería para el desempeño de la función
inspectora en materia de educación, en orden a garantizar el cumplimiento de las leyes y la
mejora de la calidad del sistema educativo y, en particular, la dirección de la Inspección
Educativa, así como el establecimiento de los planes de actuación de la misma para el cumplimiento de las funciones que tiene encomendadas.
El Decreto 61/2019, de 9 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la organización, estructura y funcionamiento de la Inspección Educativa en la Comunidad de Madrid,
señala que la Inspección Educativa actuará conforme a los planes generales plurianuales que
se concretarán antes del inicio de cada curso escolar en planes anuales de actuación.
El artículo 25 de la Orden 732/2021, de 24 de marzo, de la Consejería de Educación y
Juventud, por la que se desarrolla el Decreto 61/2019, de 9 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la organización, estructura y funcionamiento de la Inspección Educativa de la Comunidad de Madrid, establece que los planes anuales de actuación concretarán los planes generales plurianuales a desarrollar en cada curso.
La Resolución de la Viceconsejería de Organización Educativa de 17 de agosto de 2021 ha
aprobado el Plan General Plurianual de la Inspección Educativa de la Comunidad de
Madrid, que se desarrollará en los cursos 2021-2022, 2022-2023, 2023-2024 y 2024-2025.
Este Plan Plurianual enumera cuatro actuaciones habituales de mayor relevancia centradas
en cuatro aspectos básicos del funcionamiento del sistema educativo: la convivencia escolar, la atención a la diversidad del alumnado, la organización y los resultados de los centros
y, por último, la evaluación de la función directiva. Estas actuaciones se efectuarán de manera censal sobre los centros cuyos directores asuman el primer período de mandato de su
cargo. Se pretende, de esta forma, un doble objetivo de asesoramiento a estos nuevos directores y de comprobación de la adecuación de su desempeño. Además estas actuaciones también se aplicarán de manera muestral sobre el resto de los centros.
La presente Resolución tiene como finalidad concretar cómo se desarrollarán estas actuaciones durante el curso 2021-2022 y, en consecuencia, establecer el correspondiente
Plan Anual de Actuación de la Inspección Educativa.
Además, la Resolución de 17 de agosto de 2021, por la que se aprueba el Plan General Plurianual de la Inspección Educativa, definía una serie de equipos de ámbito específico, cuyo funcionamiento y composición se detallan en el presente Plan Anual de Actuación.
A su vez, como señala el Decreto 61/2019, de 9 de julio, y el artículo 26 de la Orden 732/2021, de 24 de marzo, que lo desarrolla, los planes generales plurianuales y los planes anuales de actuación serán concretados por los servicios territoriales de Inspección
Educativa en planes territoriales que serán aprobados por los respectivos titulares de las Directores de Área Territorial. La citada Orden 732/2021, de 24 de marzo, recoge de forma
explícita en el artículo 26.3 la estructura de dichos planes territoriales.
Para la elaboración de este Plan Anual de Actuación del curso 2021-2022, la Subdirección General de Inspección Educativa ha partido de las conclusiones y propuestas recogidas en la Memoria de la evaluación del Plan General de Actuación del curso 2020-2021
y se ha procedido a la consulta de los jefes de los servicios territoriales, de los Directores

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