C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20210906-15)
Bien de interés cultural –  Decreto 206/2021, de 1 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, en la categoría de Paisaje Cultural, la Presa de El Gasco y el Canal del Guadarrama, en los municipios de Galapagar, Torrelodones, Las Rozas de Madrid (Madrid)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 212

forme, por lo que, de conformidad con el artículo 7.3 de la Ley 3/2013, de 8 de junio, el
mismo se entiende en sentido favorable a la declaración de Bien de Interés Cultural.
Asimismo, la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad remite informe elaborado
por Parques Regionales de la Comunidad de Madrid en el que se afirma que “se entiende que
la declaración como Bien de Interés Cultural referenciado sería compatible con la normativa
del espacio protegido Red Natura 2000”, el cual ha sido incorporado al expediente.
Se recibe escrito del Académico Secretario de la Real Academia de la Historia indicando que en Junta Académica de esta institución de 19 de febrero de 2021 se emite informe en el que se sugiere la incorporación al texto de diversos aspectos relativos a la cualificación como Paisaje Cultural del bien objeto de declaración. La Dirección General de
Patrimonio Cultural emite informe motivado al respecto, en el que estima oportuno aceptar
parcialmente las consideraciones planteadas por la Real Academia de la Historia, que se incorporan al epígrafe “B. Valores que justifican la declaración del bien”.
Durante el proceso de instrucción se observaron, en el Anexo a la Resolución de incoación del expediente de declaración, algunas discrepancias en la representación gráfica
del bien protegido y el listado de las parcelas afectadas por la materialidad conservada visible del mismo, apareciendo en algún caso la parcela grafiada y sin citar y en otros la parcela citada pero incorrectamente grafiada. Asimismo, se identificó una discrepancia entre
el “plano de detalle B” y su reflejo en el plano-guía. Todos los errores citados han sido corregidos y subsanados. Se hace constar al respecto que en todos los casos los interesados
han sido correctamente notificados en el momento de la incoación. Por otra parte, se ha considerado necesario hacer mención al régimen urbanístico de protección en el epígrafe “Estado de conservación y criterios de intervención”.
Durante el periodo de información pública y el trámite de audiencia, se reciben 9 escritos de alegaciones, que son estudiados, incorporados al expediente y contestados. En uno
de los citados escritos de alegaciones se propone una modificación de algunas coordenadas
definitorias del trazado del Canal del Guadarrama para su mayor adecuación a la ubicación
real de las zonas conservadas, lo que ha determinado que se realice una revisión total del
trazado del canal y se haya ajustado al máximo esa definición del trazado, sin que ello haya
supuesto ningún cambio significativo. Se corrige y subsana por ello la enumeración de
coordenadas definitorias del trazado del Canal del Guadarrama y su reflejo en la grafía de
los planos, donde la corrección es apenas apreciable por la escala de los mismos. Se hace
constar asimismo que esta revisión no ha supuesto en ningún momento una modificación
en los afectados por el expediente, habiendo sido por tanto todos ellos notificados correctamente en el momento de la incoación del expediente.
Por todo ello, dado que la subsanación de los errores y la revisión de trazado del canal
antes mencionados y los escritos de alegaciones presentados no suponen una modificación
sustancial del objeto de la declaración, se reitera la propuesta técnica inicial con las correcciones descritas.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 1.3 Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, a propuesta de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 1 de septiembre de 2021,
DISPONGO

Declarar Bien de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, en la categoría de paisaje cultural, la presa de El Gasco y el Canal del Guadarrama, en los municipios de Galapagar, Torrelodones y Las Rozas de Madrid (Madrid).

BOCM-20210906-15

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