D) Anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20210904-2)
Convenio – Convenio de 23 de agosto de 2021, de asistencia jurídica a Canal Extensia, S. A. U.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 211
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 4 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 29
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
2
CONVENIO de 23 de agosto de 2021, de asistencia jurídica a Canal Extensia, S. A. U.
En Madrid, a 23 de agosto de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. D. Enrique López López, Consejero de Presidencia, Justicia
e Interior de la Comunidad de Madrid, nombrado por Decreto 43/2021, de 19 de junio, de la
Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
número 146, de 21 de junio de 2021), actuando en representación de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Pascual Fernández Martínez, Presidente del Consejo de Administración de Canal Extensia, S. A. U., en virtud de su nombramiento acordado por el Consejo
de Administración en sesión celebrada el día 11 de marzo de 2021, y haciendo uso de las
facultades que expresamente le fueron expresamente atribuidas en la sesión del Consejo
de Administración de 1 de julio de 2021 para la firma del presente convenio, actuando en
representación de Canal Extensia, S. A. U.
Las Partes se reconocen capacidad y competencia suficientes para formalizar el presente Convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero
La Abogacía General de la Comunidad de Madrid es el centro directivo que tiene legalmente atribuidas las competencias de asesoramiento jurídico y de representación y defensa
en juicio de la Comunidad, sus organismos autónomos y cualesquiera otras entidades de Derecho público de ella dependientes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.1 de la
Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de
Madrid (en adelante, Ley 3/1999).
A estos efectos, los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid disponen de los
elementos personales y medios materiales adecuados para prestar la asistencia jurídica que
la Comunidad o dichos organismos públicos requieran.
Asimismo, según el artículo 2.1 de la Ley 3/1999, los Letrados de la Comunidad de
Madrid podrán asumir el asesoramiento jurídico y la representación y defensa en juicio de las
empresas públicas de la Comunidad de Madrid constituidas como sociedades mercantiles,
fundaciones participadas total o parcialmente por la Comunidad de Madrid, consorcios y cualesquiera otros entes públicos no contemplados en el artículo 1.1, mediante la suscripción del
oportuno convenio al efecto, en el que se determinará la compensación económica a abonar a
la Hacienda de la Comunidad de Madrid, que generará crédito en la Abogacía General de la
Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la legislación presupuestaria.
Idéntica previsión se contiene en el artículo 2.3 del Reglamento de la Abogacía General de la
Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 105/2018, de 19 de junio (en adelante, Decreto 105/2018).
Canal Extensia, S. A. U. tiene interés en que los Servicios Jurídicos de la Comunidad
de Madrid asuman determinadas funciones de asesoramiento y asistencia jurídica para, de
una parte, contribuir a que su actuación se ajuste en todo momento a las exigencias del ordenamiento jurídico y, por otra parte, hacer efectiva la posibilidad de representación y defensa jurídica por los Letrados de la Comunidad de Madrid en aquellos procedimientos judiciales en los que sea parte.
BOCM-20210904-2
Segundo
B.O.C.M. Núm. 211
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 4 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 29
I. COMUNIDAD DE MADRID
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2
CONVENIO de 23 de agosto de 2021, de asistencia jurídica a Canal Extensia, S. A. U.
En Madrid, a 23 de agosto de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. D. Enrique López López, Consejero de Presidencia, Justicia
e Interior de la Comunidad de Madrid, nombrado por Decreto 43/2021, de 19 de junio, de la
Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
número 146, de 21 de junio de 2021), actuando en representación de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Pascual Fernández Martínez, Presidente del Consejo de Administración de Canal Extensia, S. A. U., en virtud de su nombramiento acordado por el Consejo
de Administración en sesión celebrada el día 11 de marzo de 2021, y haciendo uso de las
facultades que expresamente le fueron expresamente atribuidas en la sesión del Consejo
de Administración de 1 de julio de 2021 para la firma del presente convenio, actuando en
representación de Canal Extensia, S. A. U.
Las Partes se reconocen capacidad y competencia suficientes para formalizar el presente Convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero
La Abogacía General de la Comunidad de Madrid es el centro directivo que tiene legalmente atribuidas las competencias de asesoramiento jurídico y de representación y defensa
en juicio de la Comunidad, sus organismos autónomos y cualesquiera otras entidades de Derecho público de ella dependientes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.1 de la
Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de
Madrid (en adelante, Ley 3/1999).
A estos efectos, los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid disponen de los
elementos personales y medios materiales adecuados para prestar la asistencia jurídica que
la Comunidad o dichos organismos públicos requieran.
Asimismo, según el artículo 2.1 de la Ley 3/1999, los Letrados de la Comunidad de
Madrid podrán asumir el asesoramiento jurídico y la representación y defensa en juicio de las
empresas públicas de la Comunidad de Madrid constituidas como sociedades mercantiles,
fundaciones participadas total o parcialmente por la Comunidad de Madrid, consorcios y cualesquiera otros entes públicos no contemplados en el artículo 1.1, mediante la suscripción del
oportuno convenio al efecto, en el que se determinará la compensación económica a abonar a
la Hacienda de la Comunidad de Madrid, que generará crédito en la Abogacía General de la
Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la legislación presupuestaria.
Idéntica previsión se contiene en el artículo 2.3 del Reglamento de la Abogacía General de la
Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 105/2018, de 19 de junio (en adelante, Decreto 105/2018).
Canal Extensia, S. A. U. tiene interés en que los Servicios Jurídicos de la Comunidad
de Madrid asuman determinadas funciones de asesoramiento y asistencia jurídica para, de
una parte, contribuir a que su actuación se ajuste en todo momento a las exigencias del ordenamiento jurídico y, por otra parte, hacer efectiva la posibilidad de representación y defensa jurídica por los Letrados de la Comunidad de Madrid en aquellos procedimientos judiciales en los que sea parte.
BOCM-20210904-2
Segundo