Madrid (BOCM-20210903-64)
Sala de lo Social. Sección Cuarta. Procedimiento 439/2018
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 188
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 210
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
64
MADRID
SALA DE LO SOCIAL
Sección Cuarta
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. LUIS FARIÑAS MATONI LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DE
LA SALA DE LO SOCIAL DEL TSJ DE MADRID.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 439/2018 de esta Sección de lo Social, seguido a instancia de TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL frente a CEMAJ ESPECIALIDADES Y EMERGENCIAS, S.L. y otros sobre Recurso de Suplicación
se ha dictado la siguiente resolución:
“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. LUIS FARIÑAS MATONI
En Madrid, a doce de agosto de dos mil veintiuno
Visto que se han devuelto por la Sala de lo Social -Cuarta- del Tribunal Supremo las
actuaciones en su día remitidas en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina entonces interpuesto, así como la certificación de la resolución dictada por dicho Tribunal, se dispone:
a) que se cumpla lo que se ordena en dicha resolución, notificándose, en su caso, a las
partes no personadas ante la misma.
b) que se acuse recibo a la citada Sala Cuarta;
c) que, de conformidad con lo que establece el artículo 201.2 de la LRJS, se remitan
las actuaciones al Juzgado de lo Social de origen con certificación de la sentencia dictada
por esta Sala y de la resolución de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo.
d) que, una vez consten recibidos los acuses de recibo del Juzgado y de la notificación
a las partes de esta diligencia, se archive el rollo de suplicación dejando la debida nota en
los Libros de esta Sala.
Transfiérase al Tesoro Público la cantidad de 600 euros ingresados en la cuenta de esta
Sala por CEMAJ ESPECIALIDADES Y EMERGENCIAS SL correspondientes al depósito legal necesario para interponer Recurso de Casación para Unificación de Doctrina, una
vez firme la presente resolución.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso
de REPOSICIÓN ante el Letrado/a de la Admón. de Justicia, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO
BOCM-20210903-64
Notifíquese a las partes.
Pág. 188
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 210
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
64
MADRID
SALA DE LO SOCIAL
Sección Cuarta
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. LUIS FARIÑAS MATONI LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DE
LA SALA DE LO SOCIAL DEL TSJ DE MADRID.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 439/2018 de esta Sección de lo Social, seguido a instancia de TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL frente a CEMAJ ESPECIALIDADES Y EMERGENCIAS, S.L. y otros sobre Recurso de Suplicación
se ha dictado la siguiente resolución:
“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. LUIS FARIÑAS MATONI
En Madrid, a doce de agosto de dos mil veintiuno
Visto que se han devuelto por la Sala de lo Social -Cuarta- del Tribunal Supremo las
actuaciones en su día remitidas en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina entonces interpuesto, así como la certificación de la resolución dictada por dicho Tribunal, se dispone:
a) que se cumpla lo que se ordena en dicha resolución, notificándose, en su caso, a las
partes no personadas ante la misma.
b) que se acuse recibo a la citada Sala Cuarta;
c) que, de conformidad con lo que establece el artículo 201.2 de la LRJS, se remitan
las actuaciones al Juzgado de lo Social de origen con certificación de la sentencia dictada
por esta Sala y de la resolución de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo.
d) que, una vez consten recibidos los acuses de recibo del Juzgado y de la notificación
a las partes de esta diligencia, se archive el rollo de suplicación dejando la debida nota en
los Libros de esta Sala.
Transfiérase al Tesoro Público la cantidad de 600 euros ingresados en la cuenta de esta
Sala por CEMAJ ESPECIALIDADES Y EMERGENCIAS SL correspondientes al depósito legal necesario para interponer Recurso de Casación para Unificación de Doctrina, una
vez firme la presente resolución.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso
de REPOSICIÓN ante el Letrado/a de la Admón. de Justicia, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO
BOCM-20210903-64
Notifíquese a las partes.