Aranjuez (BOCM-20210903-49)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 210

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE SEPTIEMBRE DE 2021

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BOCM-20210903-49

5. Justificación.—La justificación de las subvenciones concedidas se realizará mediante la presentación de la oportuna cuenta justificativa acompañada de los documentos
acreditativos del gasto.
a) Cuenta justificativa: La rendición de la cuenta justificativa constituye un acto obligatorio del beneficiario. La cuenta justificativa deberá incluir una descripción de
las actividades o conductas realizadas o de los comportamientos adoptados. Dicha
descripción deberá ser lo más detallada posible e incluir un listado de los gastos
realizados y los ingresos recibidos. El objeto de concesión de la subvención deberá coincidir con el descrito en esta cuenta justificativa. La cuenta justificativa deberá ir firmada, bajo la responsabilidad del declarante, por el solicitante de la subvención, su representante, o el secretario de la entidad solicitante.
b) Documentos acreditativos del gasto: Junto con la cuenta detallada deberán presentarse los documentos acreditativos del gasto. Se admitirán todos los documentos
descritos en el punto sexto de la ordenanza general de Subvenciones aprobada por
acuerdo plenario de fecha 20 de enero de 2006. La presentación de justificaciones
debe presentarse en el modelo oficial aprobado por este Ayuntamiento y debe
cumplimentarse descargándose el modelo directamente de la página web del
Ayuntamiento.
El plazo de justificación de todas las subvenciones concedidas será el 30 de marzo
de 2022. Estos plazos podrán ser objeto de prórroga por acuerdo del órgano concedente.
Aranjuez, a 23 de agosto de 2021.—El interventor general acctal., Fernando Alcázar
Rodríguez.
(03/26.480/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791