Aranjuez (BOCM-20210903-49)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 210

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
49

ARANJUEZ
RÉGIMEN ECONÓMICO

Convocatoria y bases reguladoras de la concesión de subvenciones con destino a entidades socio culturales, juveniles, vecinales, de mujeres o cualquier otra de carácter social 2021.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/580661).
1. Objeto.—Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas que han de
regir la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones destinadas
a entidades y/o asociaciones ciudadanas socio-culturales, juveniles, vecinales, de mujeres,
o cualquier otra de carácter social, excluyendo las sanitarias, educativas y deportivas que
disponen de convocatoria a parte, sin ánimo de lucro de Aranjuez, que promuevan en esta
ciudad proyectos, programas o actividades culturales de utilidad o interés social cuyo objeto sea la promoción y/o difusión de la cultura en sus variadas manifestaciones o el apoyo a
colectivos vulnerables durante el ejercicio 2021. Serán subvencionables los gastos realizados por el beneficiario que se encuentren directa y objetivamente relacionados con el objeto de la subvención, en las condiciones establecidas en la ordenanza general de Subvenciones, aprobada por acuerdo plenario de fecha 20 de enero de 2006.
2. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarias las entidades socio-culturales, juveniles, vecinales, de mujeres, o cualquier otra de carácter social, sin ánimo de lucro, excluyendo las sanitarias, educativas y deportivas que disponen de convocatoria a parte, inscritas en el Registro
Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Aranjuez, que cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento de Participación Ciudadana y bajo las condiciones previstas en la ordenanza general de Subvenciones aprobada por acuerdo plenario de 20 de enero de 2006. Para
las asociaciones que hayan sido registradas en el Ayuntamiento de Aranjuez en el año 2021,
sólo podrán optar a una subvención de 500 euros máximo para el año 2021 y para el cálculo de
la subvención correspondiente se tendrá en cuenta, además de los criterios de valoración del
punto 7 de estas bases, la fecha de registro en el Ayuntamiento de Aranjuez.
3. Cuantía global máxima objeto de subvención.—El crédito destinado a la presente
convocatoria asciende a un importe máximo de 27.040 euros, con cargo a la partida presupuestaria 21.9252.48901 Subvenciones de Asociaciones Socio-culturales. Estas subvenciones son compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos
procedentes de otras entidades públicas o privadas en los términos establecidos en la ordenanza general de Subvenciones, es decir, siempre y cuando el importe total de las cuantías
percibidas no supere el coste total de la actividad.
4. Solicitudes y plazo de presentación.—Las solicitudes se deberán presentar en el
modelo 129, en el Registro General o en los Registros Auxiliares del Ilustre Ayuntamiento
de Aranjuez. También podrán presentarse en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas. El modelo oficial de presentación de solicitudes podrá recogerse en la Oficina de Atención al Ciudadano. El plazo de presentación de solicitudes será
desde el día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y hasta el día 30 de septiembre del actual inclusive. La presentación de solicitud implica la aceptación de la totalidad de la regulación descrita en las presentes bases y en la ordenanza general de subvenciones aprobada por acuerdo plenario de fecha 20 de enero de 2006.

BOCM-20210903-49

BDNS (Identif.): 580661