Madrid (BOCM-20210903-47)
Régimen económico. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Extracto convocatoria subvenciones
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 140

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 210

BOCM-20210903-47

c) Colaboración intergeneracional: tiene como finalidad la mejora de la convivencia
y el desarrollo comunitario en la ciudad de Madrid mediante la implicación de la
población infantil y juvenil en actividades destinadas a los sectores más vulnerables y que más han sufrido las consecuencias económicas y sociales de la crisis
derivada de la pandemia por el COVID-19, en particular la tercera edad.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos,
aprobada por acuerdo de 30 de octubre de 2013, del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, y
el Decreto de 25 de agosto de 2021, de la delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía,
por el que se modifica el Decreto de 28 de junio de 2021, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones destinadas al desarrollo de actividades dirigidas a la población
infantil y juvenil, así como a la mejora de la convivencia y el desarrollo comunitario mediante la promoción de la participación y el asociacionismo juvenil para la anualidad 2021.
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria se cifra en 448.000
euros, que se imputarán a la aplicación presupuestaria 001/111/924.01/489.01 “Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro” del programa Participación Ciudadana, del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid.
El libramiento de la subvención se efectuará con cargo al presupuesto de la anualidad 2021, en un pago único que tendrá carácter anticipado, de acuerdo con el artículo 40 de
la OBRGS, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de
la resolución de concesión.
El importe total de la convocatoria se distribuirá entre los tres ámbitos de actuación
previstos en la convocatoria en la siguiente forma:
a) Fomento del ocio saludable: 300.000 euros.
b) Proyectos de formación y apoyo: 74.000 euros
c) Colaboración intergeneracional: 74.000 euros.
Las subvenciones se concederán previo establecimiento de una prelación entre las
solicitudes presentadas, que serán valoradas con arreglo a los criterios establecidos en la
convocatoria, pudiendo otorgarse subvención solamente a las entidades que alcancen una
puntación igual o superior a 40 puntos. No existe límite máximo de importe a solicitar en
cada ámbito.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 23.2 de la LGS.
Sexto. Otros datos.—Cada entidad solicitante podrá presentar únicamente un proyecto en cada uno de los ámbitos definidos en la convocatoria.
Los proyectos deberán desarrollarse en uno o varios barrios de Madrid.
El plazo máximo de ejecución de los proyectos subvencionados será el comprendido
entre el 1 de junio de 2021 y el 31 de mayo de 2022.
La solicitud de la subvención se acompañará una memoria explicativa del proyecto
que contendrá información relativa a los objetivos del proyecto, las actividades a desarrollar, la metodología y organización, el presupuesto total del proyecto, los indicadores de
evaluación del proyecto, el informe de impacto de género y otra documentación complementaria.
Madrid, a 25 de agosto de 2021.—La delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía,
P. S. (Decreto del alcalde de 19 de agosto de 2021, por el que se modifica el Decreto de 22
de julio de 2021), el delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, Mariano
Fuentes Sedano.
(03/26.282/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791