Manzanares el Real (BOCM-20210903-55)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 210

Quienes habiendo superado la fase de oposición no logren superar el curso selectivo
de formación tendrán opción, por una sola vez, a realizarlo en la siguiente convocatoria que
realizase el Ayuntamiento de Manzanares el Real, siempre que la no superación del curso
se debiera a motivos involuntarios y debidamente justificados.
En este supuesto, será respetada la calificación definitiva obtenida en la fase de oposición, pero se perderán los derechos hasta entonces adquiridos si en esta segunda ocasión no
se supera el curso selectivo. Si por el contrario se superase el curso de formación, el escalafonamiento tendrá lugar con la nueva promoción con la que efectivamente se supere el curso, y para la obtención de la calificación definitiva del proceso de selección se considerará
la calificación que en su día obtuvo en la fase de oposición y la correspondiente al curso selectivo, sin perjuicio de la necesidad de superar el correspondiente período de prácticas.
11.2. Calificación del curso selectivo de formación: El curso selectivo de formación
en la forma que determine la Comunidad de Madrid será calificado de cero a diez puntos,
siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarlo.
12. Período de prácticas
Durante el período de prácticas, que tendrá una duración mínima de 6 meses, se realizarán prácticas tuteladas en las que desarrollarán las tareas que normalmente corresponden
a la categoría de Policía del Cuerpo de la Policía Local de Manzanares el Real.
El período de prácticas no será puntuable. La valoración del mismo se realizará por el
Tribunal Calificador, como “apto/a” o “no apto/a”, a la vista del informe razonado que habrá de realizar la Jefatura del Cuerpo, y en el que se valorarán las habilidades generales y
las destrezas profesionales requeridas para el correcto desempeño de la actividad policial,
así como otros factores de desempeño, en especial la disciplina, la responsabilidad, el interés y la dedicación, la corrección en el trato con los ciudadanos, mandos y compañeros y el
cumplimiento de órdenes.
13. Calificación definitiva del proceso de selección
La calificación definitiva del proceso de selección vendrá dada por la suma de la calificación obtenida en la fase de concurso-oposición libre y la correspondiente al curso selectivo de formación, estableciéndose en tal suma la siguiente ponderación:
(COP × 0,40) + (CS × 0,60)
Donde COP es la calificación obtenida en la fase de concurso-oposición y CS es la calificación obtenida en el curso selectivo de formación.
Para resolver los empates que puedan surgir en las calificaciones definitivas y determinar el orden de preferencia entre los/as aspirantes, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el curso selectivo de formación. En caso de persistir el empate se atenderá a la puntuación conseguida en la prueba de conocimientos; de persistir el empate, este se
resolverá por orden alfabético del primer apellido de las personas empatadas, iniciándose
el desempate por la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.
Obtenidas las calificaciones definitivas, el Tribunal Calificador publicará en el Tablón
de edictos y la página web del Ayuntamiento de Manzanares el Real la relación de aprobados/as por orden de puntuación.

Efectuada la publicación en el Tablón de Edictos y página web, se elevará dicha relación al órgano competente para su nombramiento como funcionario/as de carrera en la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Manzanares el Real.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación
de los actos de los órganos de selección dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el
desarrollo de su cometido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria. Los nombramientos deberán publicarse en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
15. Toma de posesión
15.1. Plazo: Las personas nombradas funcionario/as de carrera deberán tomar posesión en el plazo de treinta días naturales a contar desde la publicación del nombramiento en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

BOCM-20210903-55

14. Nombramiento como funcionario de carrera