Villalbilla (BOCM-20210902-74)
Régimen económico. Ordenanza de prestaciones sociales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 202
JUEVES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 209
— Derechos: Derecho de acceso a sus datos, solicitar su rectificación o, en su caso,
cancelación, oposición o solicitar su supresión. Podrá solicitar la limitación del
tratamiento de sus datos o, en su caso, oponerse al tratamiento de los mismos. Para
ejercer los expresados derechos podrá hacerlo a través de la sede electrónica del
Ayuntamiento de Villalbilla (https://aytovillalbilla.sedelectronica.es/).
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Se faculta a la Alcaldía, u Órgano en quien delegue, para interpretar y resolver cuantas cuestiones surjan de su aplicación, así como para adoptar las resoluciones y medidas
complementarias para el desarrollo y cumplimiento de la misma, así como actualizar y/o revisar los Anexos.
La base de cálculo de las condiciones económicas para acceso a las prestaciones de
esta Ordenanza referida al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) se publica anualmente a través de Ley de Presupuestos, por lo que la modificación oficial de la
base de la cuantía del IPREM modificará, automáticamente y sin necesidad de aprobación
específica el límite de ingresos de la unidad familiar establecido, así como el resto de referencias al IPREM que figuran en esta Ordenanza.
Los valores económicos, así como la tipología de las ayudas incluidas en esta Normativa podrán ser actualizados y revisados mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local a
propuesta de la Concejalía competente en la materia siempre y cuando las circunstancias
así lo aconsejen.
DISPOSICIÓN FINAL
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, la presente Ordenanza entrará en vigor
una vez publicado íntegramente su texto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y transcurrido el plazo de quince días hábiles sin que se haya presentado ninguna
alegación.
ANEXO I. CUADRO RESUMEN DE TIPOS DE AYUDAS Y CUANTÍAS
AYUDA COMEDOR ESCOLAR
- AYUDA MATERIAL ESCOLAR Y LIBROS
- COMPRA DE ORDENADOR O TABLET
AYUDA A LA ESCOLARIZACIÓN INFANTIL
ASISTENCIA A CAMPAMENTOS OACTIVIDADES
EXTRAESCOLARES
AYUDAS INCLUSIÓN ACTIVA
- Pago de tasas
- Actividades formativas
- Transporte
AYUDAS VIVIENDA
- Alquileres, fianzas, hipoteca,desahucios
- Víctimas de violencia de género
- Eliminación de barreras y movilidadinterior
- Equipamiento básico
- Suministros
AYUDAS ALOJAMIENTO TEMPORAL
- Hostales o pensiones
- Centro residencial
AYUDAS GASTOS SANITARIOS
Gasto farmaceutico
Gafas
Audífonos
Tratamiento odontológico
Prótesis y órtesis
OTRAS
CUANTÍA MÁXIMA
CARACTERÍSTICAS
Pago directo o a casas
- 60 €/persona y mes
Suministradoras.
hasta 420 euros al mes
Tarjeta de compra
Supermercado
Tarjeta bancaria
Precio comedor
Pago directo o a centroeducativo
-Máximo 100 euros por menor Pago único. Presentarpresupuesto
hasta límite de 300 euros
-500 euros
2.000 euros
600 euros
Pago directo o a centroeducativo
- Precio de la tasa
- 300 euros
- Coste del transporte hasta
máximo de 400 euros
- Comprobar precio
- Comprobar coste de laactividad
- Comprobar coste
-
- Descontar del límite la cuantía que
perciban por ayuda por cambio de
domicilio (RAI)
- Pago único. Presentarpresupuesto
- Pago único. Presentarpresupuesto
2.400 euros
2.400 euros
800 euros
500 euros
1.000 euros
- 600 euros al mes hasta
límite de 3.600
- 900 euros al mes hasta
límite de 3.600
- 300 euros
- 300 euros
- 900 euros
- 900 euros
- 900 euros
- 900 euros
- Pago único o fraccionado.
Presentar presupuesto
Villalbilla, a 23 de agosto de 2021.—El secretario general, Alfredo Carrero Santamaría.
(03/25.993/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210902-74
PRESTACIÓN
AYUDAS FAMILIARES
alimentación, lactancia artificial hasta 12 meses,
productos de higiene personal y limpieza de hogar,
ropa y calzado
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B.O.C.M. Núm. 209
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cancelación, oposición o solicitar su supresión. Podrá solicitar la limitación del
tratamiento de sus datos o, en su caso, oponerse al tratamiento de los mismos. Para
ejercer los expresados derechos podrá hacerlo a través de la sede electrónica del
Ayuntamiento de Villalbilla (https://aytovillalbilla.sedelectronica.es/).
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Se faculta a la Alcaldía, u Órgano en quien delegue, para interpretar y resolver cuantas cuestiones surjan de su aplicación, así como para adoptar las resoluciones y medidas
complementarias para el desarrollo y cumplimiento de la misma, así como actualizar y/o revisar los Anexos.
La base de cálculo de las condiciones económicas para acceso a las prestaciones de
esta Ordenanza referida al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) se publica anualmente a través de Ley de Presupuestos, por lo que la modificación oficial de la
base de la cuantía del IPREM modificará, automáticamente y sin necesidad de aprobación
específica el límite de ingresos de la unidad familiar establecido, así como el resto de referencias al IPREM que figuran en esta Ordenanza.
Los valores económicos, así como la tipología de las ayudas incluidas en esta Normativa podrán ser actualizados y revisados mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local a
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así lo aconsejen.
DISPOSICIÓN FINAL
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, la presente Ordenanza entrará en vigor
una vez publicado íntegramente su texto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y transcurrido el plazo de quince días hábiles sin que se haya presentado ninguna
alegación.
ANEXO I. CUADRO RESUMEN DE TIPOS DE AYUDAS Y CUANTÍAS
AYUDA COMEDOR ESCOLAR
- AYUDA MATERIAL ESCOLAR Y LIBROS
- COMPRA DE ORDENADOR O TABLET
AYUDA A LA ESCOLARIZACIÓN INFANTIL
ASISTENCIA A CAMPAMENTOS OACTIVIDADES
EXTRAESCOLARES
AYUDAS INCLUSIÓN ACTIVA
- Pago de tasas
- Actividades formativas
- Transporte
AYUDAS VIVIENDA
- Alquileres, fianzas, hipoteca,desahucios
- Víctimas de violencia de género
- Eliminación de barreras y movilidadinterior
- Equipamiento básico
- Suministros
AYUDAS ALOJAMIENTO TEMPORAL
- Hostales o pensiones
- Centro residencial
AYUDAS GASTOS SANITARIOS
Gasto farmaceutico
Gafas
Audífonos
Tratamiento odontológico
Prótesis y órtesis
OTRAS
CUANTÍA MÁXIMA
CARACTERÍSTICAS
Pago directo o a casas
- 60 €/persona y mes
Suministradoras.
hasta 420 euros al mes
Tarjeta de compra
Supermercado
Tarjeta bancaria
Precio comedor
Pago directo o a centroeducativo
-Máximo 100 euros por menor Pago único. Presentarpresupuesto
hasta límite de 300 euros
-500 euros
2.000 euros
600 euros
Pago directo o a centroeducativo
- Precio de la tasa
- 300 euros
- Coste del transporte hasta
máximo de 400 euros
- Comprobar precio
- Comprobar coste de laactividad
- Comprobar coste
-
- Descontar del límite la cuantía que
perciban por ayuda por cambio de
domicilio (RAI)
- Pago único. Presentarpresupuesto
- Pago único. Presentarpresupuesto
2.400 euros
2.400 euros
800 euros
500 euros
1.000 euros
- 600 euros al mes hasta
límite de 3.600
- 900 euros al mes hasta
límite de 3.600
- 300 euros
- 300 euros
- 900 euros
- 900 euros
- 900 euros
- 900 euros
- Pago único o fraccionado.
Presentar presupuesto
Villalbilla, a 23 de agosto de 2021.—El secretario general, Alfredo Carrero Santamaría.
(03/25.993/21)
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ISSN 1989-4791
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AYUDAS FAMILIARES
alimentación, lactancia artificial hasta 12 meses,
productos de higiene personal y limpieza de hogar,
ropa y calzado