Alcobendas (BOCM-20210902-47)
Ofertas de empleo. Convocatorias procesos selectivos
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 209

• Organización de espacios: hasta 4 puntos.
La Comisión de Valoración examinará las solicitudes presentadas, valorando únicamente aquellos méritos que hayan sido justificados documentalmente, además de los documentos aportados por la Dirección General de Recursos Humanos que acrediten la experiencia y formación que consten en el expediente personal del aspirante, en el caso de que
la tuviera en el propio Ayuntamiento de Alcobendas, siempre que hayan sido solicitados
expresamente por parte del mismo con carácter previo.
Si alguna de las personas aspirantes tuviera experiencia y/o formación recibida en el
propio Ayuntamiento de Alcobendas, previa petición expresa por su parte, la Dirección General de Recursos Humanos expedirá los documentos que acrediten la experiencia y formación que consten en el expediente personal del aspirante, de cara a facilitarlos a los miembros de la Comisión de Valoración para su evaluación.
Para la evaluación de la Memoria Profesional la Comisión de Valoración realizará una
entrevista a cada una de las personas solicitantes que procederán a su defensa oral durante
un tiempo máximo de 30 minutos, pudiendo utilizar para ello el apoyo de técnicas audiovisuales elaboradas por su parte.
9.a

Acreditación de méritos

Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación
de instancias y se acreditarán documentalmente para que puedan ser valorados, tal y como
se ha expuesto en la Base 7ª.
Al final del procedimiento selectivo se solicitará del candidato/a la documentación original para ser compulsada en el Departamento de Recursos Humanos previo cotejo.
10.a

Comisión de Valoración

La Comisión de Valoración propuesta por la Concejalía Delegada de RRHH tendrá un
número de miembros impar y estará compuesta por:
— Presidencia: Un/a funcionario/a de carrera del Subgrupo A1 del Ayuntamiento o
sus Patronatos
— Secretaría: Un/a funcionario/a de carrera del Subgrupo A1 del Ayuntamiento o sus
Patronatos
— Vocales: Al menos un/a funcionario/a de carrera del Subgrupo A1 del Ayuntamiento o sus Patronatos perteneciente al Área al que se adscribe el puesto convocado.
Además, asistirá como apoyo administrativo un/a funcionario/a municipal de carrera
que ejercerá las funciones administrativas necesarias en el proceso selectivo (elaboración y
revisión de documentación, actas, etc.) sin voz ni voto.
Para cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración se designará a un suplente.
Podrán asistir a las sesiones de la Comisión de Valoración, un representante de cada
uno de los Grupos Políticos, así como los representantes sindicales y en ambos casos como
observadores, con voz pero sin voto.
Calificación final

La Comisión de Valoración otorgará La calificación final de acuerdo con las puntuaciones que en la Base 8ª se adjudiquen a cada uno de los méritos.
Será la suma total de los puntos obtenidos en la Experiencia, la Formación y la defensa de la Memoria Profesional.
En caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos enunciados en el apartado Experiencia.
De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionaria/o de carrera
desde el que se concursa.
Como última alternativa sería el voto del Presidente el que decidiría si se siguiera manteniendo el empate.
— La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público establece,
en su artículo 19.2.d, que corresponde al Presidente de Tribunal (como Órgano Colegiado que es) “dirimir con su voto los empates, a efectos de adoptar acuerdos”.

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11.a