Las Rozas de Madrid (BOCM-20210730-50)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
B.O.C.M. Núm. 180
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE JULIO DE 2021
m) Aprobar las bases de selección de personal de carácter temporal para la
suplencia de empleados municipales con reserva del puesto de trabajo o
por circunstancias de la producción/acumulación de tareas.
n) Resolver la contratación temporal o el nombramiento interino por sustitución y por circunstancias de la producción/acumulación de tareas.
o) Designar a los representantes del Ayuntamiento en las diferentes mesas
de negociación colectiva, en el comité de seguridad y salud y en los procesos de elecciones sindicales.
Cuarto.—En el concejal-delegado de Infraestructuras y Mantenimiento de la Ciudad:
a) La aprobación de los proyectos de obra cuyo importe no supere el límite establecido para el contrato menor de obras, de conformidad con la normativa vigente en
cada momento.
b) Conceder o denegar, en su caso, con efectos frente a terceros, las autorizaciones
relacionadas con la ocupación y ejecución de obras en las vías y terrenos de uso
público (calas, acometidas, vados, rebajes de acera, etc.)
Quinto.—En el concejal-delegado de Sanidad, Consumo, SAMER-Protección Civil y
Distrito Norte:
a) La concesión de licencias para la obtención de animales potencialmente peligrosos.
b) La concesión de puestos en los mercados y comercio ambulante.
Sexto.—En el concejal-delegado de Medio Ambiente y Administración Electrónica:
a) El otorgamiento de las licencias correspondientes a las campañas de poda, talas y
reforestación en su ámbito de actuación.
Séptimo.—En la titular del Órgano de Gestión Tributaria, con capacidad para dictar
actos administrativas que afecten a terceros, las siguientes competencias:
a) Aprobación de liquidaciones tributarias, no tributarias y reclamaciones de otras
deudas de terceros para con el Ayuntamiento.
b) Concesión de fraccionamientos y aplazamientos frente a dichas liquidaciones.
c) Concesión de exenciones y de beneficios fiscales, excepto los que sean competencia del Pleno.
d) Reintegros y devolución de ingresos indebidos.
e) Anulaciones de recibos y liquidaciones tributarias de hasta 18.000 euros.
f) Derivación de la acción administrativa a otros responsables de la deuda.
g) Aprobación de actas de liquidación.
h) Imposición de sanciones tributarias.
Octavo.—En todos los concejales-delegados las siguientes delegaciones comunes:
1. Proponer la aprobación, modificación, refundición y supresión de las ordenanzas
municipales y demás normativa municipal relativas a las materias de su Área.
2. Iniciar y resolver los procedimientos sancionadores por infracciones de normas y
Ordenanzas en las materias de su competencia, nombrar a los instructores, así como adoptar todos los actos, órdenes y medidas encaminadas a su ejecución y cumplimiento.
3. Proponer y gestionar la celebración, ejecución, modificación, denuncia y prórroga de los convenios administrativos, tanto con entidades públicas como privadas, en las materias correspondientes a sus áreas.
4. Proponer la contratación de prestaciones de servicios en materia de su competencia.
5. La interposición de recursos contra actos relacionados con las competencias objeto de delegación.
En el ejercicio de estas delegaciones se podrán dictar, en su caso, actos administrativos que afecten a terceros, así como firmar cuantos documentos sean necesarios para el desarrollo y gestión de la delegación.
Noveno.—Como aspectos comunes de la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros por parte de los distintos concejales-delegados en virtud de
la presente Resolución de delegación de competencias, se indica que:
1. La competencia para resolver los recursos de reposición, los extraordinarios de revisión, los procedimientos de revisión de actos, así como la revocación de estos últimos que
sean desfavorables o de gravamen, corresponderá igualmente al órgano administrativo que
hubiera dictado el acto objeto de recurso.
Pág. 161
BOCM-20210730-50
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE JULIO DE 2021
m) Aprobar las bases de selección de personal de carácter temporal para la
suplencia de empleados municipales con reserva del puesto de trabajo o
por circunstancias de la producción/acumulación de tareas.
n) Resolver la contratación temporal o el nombramiento interino por sustitución y por circunstancias de la producción/acumulación de tareas.
o) Designar a los representantes del Ayuntamiento en las diferentes mesas
de negociación colectiva, en el comité de seguridad y salud y en los procesos de elecciones sindicales.
Cuarto.—En el concejal-delegado de Infraestructuras y Mantenimiento de la Ciudad:
a) La aprobación de los proyectos de obra cuyo importe no supere el límite establecido para el contrato menor de obras, de conformidad con la normativa vigente en
cada momento.
b) Conceder o denegar, en su caso, con efectos frente a terceros, las autorizaciones
relacionadas con la ocupación y ejecución de obras en las vías y terrenos de uso
público (calas, acometidas, vados, rebajes de acera, etc.)
Quinto.—En el concejal-delegado de Sanidad, Consumo, SAMER-Protección Civil y
Distrito Norte:
a) La concesión de licencias para la obtención de animales potencialmente peligrosos.
b) La concesión de puestos en los mercados y comercio ambulante.
Sexto.—En el concejal-delegado de Medio Ambiente y Administración Electrónica:
a) El otorgamiento de las licencias correspondientes a las campañas de poda, talas y
reforestación en su ámbito de actuación.
Séptimo.—En la titular del Órgano de Gestión Tributaria, con capacidad para dictar
actos administrativas que afecten a terceros, las siguientes competencias:
a) Aprobación de liquidaciones tributarias, no tributarias y reclamaciones de otras
deudas de terceros para con el Ayuntamiento.
b) Concesión de fraccionamientos y aplazamientos frente a dichas liquidaciones.
c) Concesión de exenciones y de beneficios fiscales, excepto los que sean competencia del Pleno.
d) Reintegros y devolución de ingresos indebidos.
e) Anulaciones de recibos y liquidaciones tributarias de hasta 18.000 euros.
f) Derivación de la acción administrativa a otros responsables de la deuda.
g) Aprobación de actas de liquidación.
h) Imposición de sanciones tributarias.
Octavo.—En todos los concejales-delegados las siguientes delegaciones comunes:
1. Proponer la aprobación, modificación, refundición y supresión de las ordenanzas
municipales y demás normativa municipal relativas a las materias de su Área.
2. Iniciar y resolver los procedimientos sancionadores por infracciones de normas y
Ordenanzas en las materias de su competencia, nombrar a los instructores, así como adoptar todos los actos, órdenes y medidas encaminadas a su ejecución y cumplimiento.
3. Proponer y gestionar la celebración, ejecución, modificación, denuncia y prórroga de los convenios administrativos, tanto con entidades públicas como privadas, en las materias correspondientes a sus áreas.
4. Proponer la contratación de prestaciones de servicios en materia de su competencia.
5. La interposición de recursos contra actos relacionados con las competencias objeto de delegación.
En el ejercicio de estas delegaciones se podrán dictar, en su caso, actos administrativos que afecten a terceros, así como firmar cuantos documentos sean necesarios para el desarrollo y gestión de la delegación.
Noveno.—Como aspectos comunes de la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros por parte de los distintos concejales-delegados en virtud de
la presente Resolución de delegación de competencias, se indica que:
1. La competencia para resolver los recursos de reposición, los extraordinarios de revisión, los procedimientos de revisión de actos, así como la revocación de estos últimos que
sean desfavorables o de gravamen, corresponderá igualmente al órgano administrativo que
hubiera dictado el acto objeto de recurso.
Pág. 161
BOCM-20210730-50
BOCM