Madrid (BOCM-20210728-42)
Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo. Extracto convocatoria subvenciones
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 126

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 178

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
42

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo
Extracto del decreto del delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y
Empleo, por el que se aprueba la convocatoria pública mediante concurrencia competitiva
para la concesión de ayudas a autónomos a través del Plan Relanza.
BDNS (identif): 575950
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones correspondiente:

a) Estar dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores
por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) el 1 de enero de 2019 y no haber causado baja durante dicho año, 2020 y 2021.
b) Estar dado de alta en el Censo de Obligados Tributarios e Impuesto de Actividades
Económicas.
c) Que su actividad se encuadre en alguna de las previstas en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE). En caso de alta en dos o más epígrafes
del IAE solo se considerará una de ellas, no pudiendo obtener un mismo beneficiario ayudas por el desarrollo de dos actividades diferentes.
d) Que la sede de la empresa o el local donde se desarrolla o se presta la actividad
económica se encuentre en el término municipal de Madrid.
e) Que su empresa se haya visto perjudicada como consecuencia de la emergencia
sanitaria provocada por el brote del coronavirus COVID-19 provocando una minoración de, al menos, un 50% del rendimiento neto de 2020 con relación al declarado en 2019.
f) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Madrid.
g) No estar incursa en alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
h) Cumplir las obligaciones impuestas por el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones a los beneficiarios.
i) Quedan excluidos los autónomos societarios (tener acciones o participaciones de
la sociedad y llevar a cabo funciones gerenciales, directivas o trabajar en ella; las
personas trabajadoras autónomas en calidad de familiares colaboradores del titular de la explotación).

BOCM-20210728-42

Primera. Objeto de la convocatoria.—Las presentes bases tienen por objeto regular el
procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de una línea de subvención dirigida a trabajadores autónomos para contribuir al mantenimiento y sostenibilidad
de su actividad económica y contribuir a mitigar, en la medida de lo posible, las pérdidas económicas que la crisis sanitaria del COVID-19 haya podido generar en sus empresas.
La gestión de las subvenciones contempladas en la presente convocatoria se sujetará a
los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así
como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización
de recursos públicos.
Segunda. Beneficiarios y requisitos.—Podrán ser beneficiarios de las ayudas que se
regulan en la presente convocatoria los trabajadores y trabajadoras autónomas que cumplan
los siguientes requisitos: