Colmenar Viejo (BOCM-20210727-40)
Régimen económico. Ordenanza prestaciones emergencia social
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 177

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE JULIO DE 2021

Pág. 287

B. Determinación de la cuantía a conceder en la prestación económica
según puntuación en baremo
— La tabla de puntuación de la situación económica se debe establecer a partir
del 1’5 del IPREM de cada año.
— Cuando la cuantía solicitada sea inferior a la cuantía máxima establecida en cada
ayuda, se establecerá en función del importe máximo solicitado.
— Cuando la cuantía solicitada sea superior a la máxima establecida en cada ayuda,
se establecerá en función del importe máximo estipulado en cada ayuda.

1 o menos
De 2 a 3
De 4 a 5
De 6 a 7
De 8 a 9
De 10 a 11
De 12 a 13
De 14 en adelante

PORCENTAJE
A CONCEDER
0%
25%
35%
45%
55%
65%
75%
80/100%

Art. 6. Tramitación se la solicitud.—La ayuda económica se solicitará mediante solicitud de modelo normalizado a tal fin y mediante los medios dispuestos en el artículo 16
de la LPAC 39/2015:
— Presencialmente: en las oficinas de la OAC Municipal.
— En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así
como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de las Administraciones
Públicas.
— En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos en la presente Ordenanza, se requerirá
al interesado para que en un plazo de diez hábiles subsanen la faltas o presenten los documentos exigidos, con apercibimiento de que si así no lo hicieran se les tendrá por desistidos
y los expedientes serán archivados sin más trámite.
La documentación solicitada dejará de solicitarse al titular una vez firmado el Convenio entre Administraciones para acceder y formar parte de la Plataforma de Intermediación
de datos entre administraciones. Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Art. 28.2.
La documentación general que se debe adjuntar con la solicitud para obtener cualquier
tipo de prestación será la siguiente:
— Fotocopia del Documento Nacional de Identidad de los miembros de la unidad de
convivencia que lo posean, y en el supuesto de extranjeros, tarjeta de residente, de
asilo o refugio, pasaporte, o cualquier otro documento que acredite su identidad.
— Fotocopia del libro de familia y/o partida de nacimiento en caso de terceros países.
— Informe de vida laboral.
— Certificado de empadronamiento (no será necesaria su aportación, dado que se
comprobará desde los Servicios Municipales).
— Acreditación de los ingresos económicos de todos los miembros en edad laboral
de la unidad familiar a través de:
— Nóminas de los dos últimos meses anteriores a la solicitud. Recibos o justificantes
de pensiones.
— Declaración de Hacienda correspondiente al último ejercicio fiscal inmediatamente anterior al de la fecha de la solicitud o, en su caso, Certificado negativo de Hacienda.
— Certificados del Servicio Público de Empleo de ser solicitantes de empleo, así
como de los abonos de cualquier tipo de prestación o subsidio provenientes del
mismo. Y/o fotocopia de la tarjeta de demandante de Empleo.
— Cualquier otro documento que acredite los ingresos de la persona o unidad de convivencia.
— Documentos que acrediten los gastos deducibles para el cálculo de la renta mensual.
— Sentencia de separación o divorcio y convenio regulador (en su caso).
— Con carácter excepcional, en aquellos casos en que el solicitante no pueda presentar la documentación acreditativa de los ingresos anteriormente mencionada, se

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