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Convenio –  Convenio de colaboración de 29 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura y Turismo) y la Universidad Rey Juan Carlos para la realización de prácticas curriculares externas en la Dirección General de Turismo y las Oficinas de Información Turística de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 177

gislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social con discapacidad (publicado en el “Boletín Oficial del Estado” de 3 de diciembre).
5. La Comunidad de Madrid observará y hará observar las medidas de seguridad e
higiene establecidas en el centro de trabajo asignado. Asimismo, informará, formará y hará
cumplir y respetar al alumnado dichas medidas.
6. La Comunidad de Madrid se reserva el derecho a excluir de las prácticas a los estudiantes que:
— No acepten las reglas de funcionamiento de la Dirección General de Turismo y las
Oficinas de Información Turística de la Comunidad de Madrid donde deban realizar sus prácticas. Provoquen altercados, maltraten el material que se ponga a su
disposición. Muestren una actitud desconsiderada hacia sus tutores y resto de personal de la Dirección General de Turismo y las Oficinas de Información Turística.
Vulneren las reglas de funcionamiento de las Oficinas de Información Turística o
las cláusulas de este Convenio de Colaboración.
— De cualquier decisión de anulación será informada con carácter inmediato la
URJC, especificando las causas concretas de dicha decisión
Quinta
Financiación
El presente Convenio de Colaboración no generará ni dará lugar a contraprestaciones
económicas entre las partes.
Sexta
Las partes deberán cumplir con lo dispuesto en el Reglamento General (UE 2016/679),
de Protección de Datos, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) y demás normativa aplicable en cada momento, y utilizarán los datos personales única y exclusivamente conforme
al objeto del presente Convenio.
1) Datos de los alumnos en prácticas:
Ambas partes actuarán como responsables del tratamiento de los datos de carácter personal de los alumnos en prácticas, pudiendo ser el origen de los datos personales el propio
alumno, la URJC o la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte en la medida en que sean
necesarios para atender a la finalidad del Convenio, es decir, llevar a cabo durante el período establecido las prácticas externas obligatorias de cada uno de los alumnos de la Universidad en la Consejería.
Los datos personales que serán tratados son los siguientes:
— Datos identificativos y de contacto de alumnos: nombre y apellidos, DNI, correo
electrónico.
— Datos académicos: titulación, curso e informe final de prácticas.
Los datos personales serán tratados exclusivamente para la finalidad anteriormente
descrita. En ningún caso se podrán utilizar los datos para fines distintos e incompatibles.
Asimismo, cada parte garantiza cumplir con el deber de información respecto de los
alumnos cuyos datos sean tratados y comunicados igualmente entre las partes con este fin.
2) Datos personales de las personas físicas firmantes y de contacto:
Los datos personales de las personas arriba firmantes y de las personas de contacto de
ambas entidades (nombre y apellidos, DNI, correo electrónico, funciones desempeñadas,
etc.), serán tratados con la finalidad de gestionar la tramitación y la relación contractual derivada del presente convenio y favorecer la comunicación entre las partes. Los datos serán
conservados como mínimo hasta la finalización del convenio y, más allá de su extinción,
durante el tiempo que sea necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron
y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad
y del tratamiento de los datos. Las partes no cederán los datos de las personas arriba firmantes y de contacto, salvo que medie consentimiento expreso o en cumplimiento de una obligación legal.

BOCM-20210727-32

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