D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20210727-32)
Convenio –  Convenio de colaboración de 29 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura y Turismo) y la Universidad Rey Juan Carlos para la realización de prácticas curriculares externas en la Dirección General de Turismo y las Oficinas de Información Turística de la Comunidad de Madrid
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BOCM

MARTES 27 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 177

II
Fines de la Comunidad de Madrid
Que la Comunidad de Madrid tiene entre sus fines institucionales el establecimiento
de un marco permanente de colaboración que permita la integración temporal en su ámbito, a efectos de la realización de prácticas, de alumnos de las universidades públicas existentes en el ámbito territorial de la propia Comunidad de Madrid.
III
Objeto genérico
Que ambas partes consideran aconsejable promover la cooperación y colaboración en
el desarrollo de un programa de prácticas para universitarios que les permita aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales y faciliten la búsqueda de empleo.
IV
Normativa aplicable
La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (publicada en el “Boletín Oficial del Estado” de 24 de diciembre), modificada por la Ley Orgánica 4/2007 de 12 de
abril (publicada en el “Boletín Oficial del Estado” de 13 de abril) y otras normas posteriores, que regula la homologación de Planes de Estudios, Títulos Universitarios y Doctorado,
y que estructura las enseñanzas universitarias en tres ciclos: Grado, Máster y Doctorado.
El Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios (publicado en el “Boletín Oficial del Estado”
de 30 de julio), que establece las prácticas académicas externas curriculares como una actividad de naturaleza formativa realizada por los estudiantes universitarios y supervisada
por las Universidades, cuyo objetivo es permitir a los mismos aplicar y complementar los
conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento.
El Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del
Estudiante Universitario (publicado en el “Boletín Oficial del Estado” de 31 de diciembre),
define las prácticas académicas externas como “una actividad de naturaleza formativa realizadas por los estudiantes y supervisada por las universidades, cuyo objeto es permitir a los
estudiantes aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que le preparen para el ejercicio de actividades profesionales y faciliten su empleabilidad”.
El Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las
condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social a quienes participen en programas de formación financiados por entidades u organismos públicos o privados (publicado en el “Boletín Oficial del Estado” de 27 de octubre), siendo igualmente de
aplicación la Disposición Adicional Vigesimosexta de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de
aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, en la
que se establece la bonificación en la cotización a la Seguridad Social por las prácticas
curriculares externas de los estudiantes universitarios y de formación profesional.
El programa VERIFICA de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) que evalúa las propuestas de los planes de estudio de títulos universitarios oficiales diseñados en consonancia con el Espacio Europeo de Educación Superior, recomienda que “en los casos de grado de carácter profesional y de máster con orientación
profesional, será especialmente importante el planteamiento de prácticas profesionales adecuadas, así como el establecimiento de convenios de colaboración con empresas y otras instituciones para la realización de dichas prácticas”.
Las directrices generales de la URJC para la aprobación de las enseñanzas Grado y
Máster aprobadas por el Consejo de Gobierno de la URJC.
El Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público (publicada en el “Boletín Oficial del Estado” de 2 de octubre).

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