D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20210727-33)
Convenio –  Convenio de 7 de julio de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura, Turismo y Deporte) y la Fundación Madrid por el Deporte, por el que se articula la concesión directa de una subvención para sufragar gastos derivados de la realización de actividades deportivas
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 177

Segunda
Finalidad de la ayuda, importe y conceptos subvencionables
El importe de la subvención de 296.000 euros se destinará a sufragar gastos derivados
de su actividad.
Los gastos subvencionables son los que se indican a continuación:
1. Gastos realizados en apoyo a los deportistas madrileños.
2. Programas de tutorización de deportistas de alto rendimiento de la Comunidad de
Madrid.
3. Realización de actuaciones de promoción del deporte en la región de Madrid.
4. Programa de becas a deportistas madrileños de alto nivel que obtengan resultados
de acuerdo con los criterios técnicos establecidos por la Comisión Técnica de la Fundación
Madrid por el Deporte.
5. Gastos esenciales de estructura de la fundación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuando el importe del gasto subvencionable supere las
cuantías establecidas para el contrato menor en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes
proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del
servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el
mercado suficiente número de entidades que los presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención.
De acuerdo con el precepto citado, la elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
Asimismo, el beneficiario quedará obligado a lo establecido en el artículo 29 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, respecto a la subcontratación de la actividad subvencionada.
Tercera
La Fundación Madrid por el Deporte adquiere los siguientes compromisos:
1. Destinar el importe de la subvención a las actividades indicadas.
2. Registrar en su contabilidad el ingreso de la subvención.
3. Acreditar, en su caso, con carácter previo al cobro de la subvención, haber realizado el plan de prevención de riesgos laborales a que se refiere el artículo 16 de la
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
4. Colaborar con la Comunidad de Madrid en la divulgación del programa de promoción del deporte madrileño y de los deportistas madrileños de alto nivel, en todos los ámbitos.
5. Convocar a los deportistas que hayan recibido ayuda o distinción de la Fundación
a solicitud de la Dirección General de Deportes de la Comunidad de Madrid para que participen en actuaciones de promoción de sus actividades y programas deportivos, cuando así
sea requerida la fundación para ello.
6. Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de las actividades. Deberá incluir el logo oficial de la Comunidad de Madrid en todas aquellas comunicaciones, cartelería y materiales que se realicen respecto de las actividades y competiciones
que organice y/o participe directa o indirectamente la fundación.
Incluir el logo oficial de la Comunidad de Madrid en todos sus actos de difusión, incluido todo el material y equipaciones en el que figure la imagen corporativa de la fundación.
7. Cumplir y hacer cumplir a sus directivos, empleados y cuantas personas se integren en la fundación, los principios que presiden el olimpismo, según la Carta Olímpica,
adquiriendo el compromiso de fomentar los valores supremos del deporte, el “juego limpio”, la integración, la tolerancia, la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y
el respeto al medio ambiente, entre otros.
8. Ratificar un compromiso contra cualquier clase de violencia en el deporte en todas las actividades y competiciones deportivas organizadas o tuteladas por la fundación, así
como cualquier discriminación por razones de diversidad sexual, de conformidad con lo

BOCM-20210727-33

Obligaciones de la Fundación Madrid por el Deporte