Madrid número 6 (BOCM-20210726-118)
Procedimiento 14/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 176
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE JULIO DE 2021
Pág. 681
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma pueden interponer recurso de apelación del que conocerá la Ilma. Audiencia
Provincial de Madrid, que se presentará ante este mismo Juzgado en un plazo de veinte días
a partir de su notificación, por medio de escrito en el que el apelante deberá exponer las alegaciones en que se basa la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).
Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin
cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (Disposición
Adicional 15.a LOPJ).
Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la
disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Así por esta mi sentencia de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, y cuyo
original se archivará en el Libro de Sentencias de este Juzgado, definitivamente juzgando
en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./Dña. NELSON SALAZAR y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de BOCM.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este tribunal.
En Madrid, a 14 de julio de 2021.
BOCM-20210726-118
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/23.808/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 176
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE JULIO DE 2021
Pág. 681
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma pueden interponer recurso de apelación del que conocerá la Ilma. Audiencia
Provincial de Madrid, que se presentará ante este mismo Juzgado en un plazo de veinte días
a partir de su notificación, por medio de escrito en el que el apelante deberá exponer las alegaciones en que se basa la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).
Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin
cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (Disposición
Adicional 15.a LOPJ).
Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la
disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Así por esta mi sentencia de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, y cuyo
original se archivará en el Libro de Sentencias de este Juzgado, definitivamente juzgando
en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./Dña. NELSON SALAZAR y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de BOCM.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este tribunal.
En Madrid, a 14 de julio de 2021.
BOCM-20210726-118
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/23.808/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791