Sevilla número 9 (BOCM-20210726-117)
Procedimiento 107/2019
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 176

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE JULIO DE 2021

Pág. 677

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
117

SEVILLA NÚMERO 9
EDICTO

D/Dª MARIA AURORA RIVAS IGLESIAS, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 9 DE SEVILLA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 107/2019
a instancia de la parte actora D/Da. JAVIER CASTELLS ALVAREZ-OSORIO contra
TELVENT ENERGIA S.A. y SCHNEIDER ELECTRIC ESPAÑA S.A. sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado RESOLUCION de fecha del tenor literal siguiente:
DECRETO
Letrado/a de la Administración de Justicia D/Da GRACIA BUSTOS CRUZ
En SEVILLA, a siete de febrero de dos mil diecinueve
ANTECEDENTES DE HECHO
ÚNICO.- El 24/01/19, tuvo entrada en el Registro General del Decanato de los Juzgados
de esta capital, demanda interpuesta por JAVIER CASTELLS ALVAREZ- OSORIO contra
TELVENT ENERGIA S.A. y SCHNEIDER ELECTRIC ESPAÑA S.A. sobre DECLARATIVA DERECHO Y R. CANTIDAD, que fue turnada a este Juzgado, donde ha tenido entrada el 30/08/2018 y en cuyo libro de demandas ha sido registrada con el número 107/19.
PARTE DISPOSITIVA
S. Sª. la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n° 9 de Sevilla Dª. Gracia Bustos Cruz
ACUERDA

2.- Citar a las partes en única y sucesiva convocatoria a los actos de conciliación y/o
juicio el primero ante el secretario y el segundo ante el magistrado, para el día y hora señalado, por correo certificado con acuse de recibo, a cuyo efecto se librarán las correspondientes cédulas, con entrega a la parte demandada de copia de la demanda y documentos adjuntos, advirtiéndose a las partes que deberán concurrir con todos los medios de prueba de que
intenten valerse y que podrán solicitar con al menos 5 días de antelación aquellas que habiendo de practicarse en el acto del juicio, requieran diligencias de citación o requerimiento, que podrán formalizar conciliación en evitación del juicio, por medio de comparecencia
ante la oficina judicial, sin esperar a la fecha del señalamiento asimismo se advierte a la parte actora que de no comparecer, al acto de conciliación y/o juicio, ni alegar justa causa para
ello, se le tendrá por desistida de la demanda, en el primer caso por el secretario y en el segundo por el magistrado y a la demandada que de no efectuarlo se celebrará el acto sin su
presencia, sin necesidad de declararla en rebeldía.
3.- Respecto a los restantes medios de prueba de los que pretende valerse en el acto del
juicio, la parte actora, se dará cuenta a S. Sª para que resuelva lo procedente.

BOCM-20210726-117

1.- Admitir la demanda iniciadora del presente procedimiento, señalando para que tengan lugar los actos de conciliación y/o juicio, sucesivamente el primero ante el secretario
en la Secretaría de este Juzgado, sita en planta 6a Edificio Noga, Avda. de la Buhaira, num.
26 el día 10 DE MARZO DE 2022 A LAS 09:45 horas de su mañana y el segundo ante el
Magistrado que tendrá lugar en la sala de vistas n° 11 de este Juzgado sita en la planta primera del Edificio Noga, sito en Avd. La Buhaira 26, el mismo día a las 10:00 horas de su
mañana, y en cuyo señalamiento se han seguido taxativamente los criterios establecidos por
el Magistrado Titular de este Juzgado, dándose cuenta del señalamiento efectuado a S. Sª
Ilma. Magistrado-Juez de este Juzgado.