Getafe (BOCM-20210726-57)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

LUNES 26 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 176

El orden de colocación de los y las aspirantes en la lista de aprobados se establecerá
de mayor a menor calificación total. Los empates se resolverán atendiendo a la mejor calificación en los distintos ejercicios y concurso por el orden inverso al expresado en las bases. De persistir el empate se resolverá por sorteo público.
Finalizado el proceso selectivo el Tribunal hará Público en Sede Electrónica el acta
con la calificación total alcanzada, junto con la propuesta inicial de los y las aspirantes que
superan el proceso selectivo. Se abrirá un plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación, para reclamaciones y alegaciones.
8.2. Propuesta del Tribunal.—Resueltas las alegaciones que se admitan a trámite, el
Tribunal hará público en Sede Electrónica el acta con la calificación final alcanzada así
como la identidad de los y las aspirantes que superan el proceso selectivo.
El Tribunal hará público en Sede Electrónica el acta con la calificación final alcanzada por cada aspirante, así como la identidad de los y las aspirantes que superan el proceso
selectivo.
El Tribunal no podrá declarar que ha superado el proceso selectivo, obteniendo plaza
o quedando en situación de expectativa de destino un número superior de aspirantes al de
plazas convocadas, salvo el supuesto de acumulación de plazas no cubiertas por el turno de
promoción interna que se acumulen a la presente convocatoria.
No obstante, con el fin de asegurar la cobertura de todas las plazas, cuando se produzcan renuncias o los aspirantes propuestos no acrediten los requisitos exigidos, en la forma
y plazos establecidos en la base 9, antes del nombramiento o toma de posesión, el órgano
convocante podrá requerir del Órgano de Selección relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su nombramiento como funcionarios de carrera,
siempre que hubieran superado la fase de oposición.
Novena. Presentación de documentos
9.1. Documentos exigibles.—En el plazo de 20 días naturales a contar desde el siguiente a aquel en que se hiciera pública la lista definitiva de personas que superan la fase
de concurso-oposición, las personas propuestas aportarán al Departamento de Personal los
siguientes documentos acreditativos de que poseen las condiciones, capacidad y requisitos
exigidos en la convocatoria:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (acompañada del original para su
compulsa).
Fotocopia (acompañada del original para su compulsa) del Título exigido para la
plaza, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. En el supuesto de haber invocado un Título equivalente a los exigidos, habrá de acompañarse certificado del órgano competente que acredite la citada equivalencia. Si estos documentos estuviesen expedidos después de la fecha en que finalizara el
plazo de presentación de instancias, deberá justificar el momento en que concluyeron los estudios. Para el caso de títulos expedidos en el extranjero, se requerirá
aportar original o fotocopia compulsada del título y de la credencial de homologación del mismo, así como su traducción oficial, en su caso.
b) Declaración jurada de no haber sido separado/a del servicio de cualquier Administración Pública, ni estar inhabilitado/a para el ejercicio de la función pública por
Sentencia firme.
c) Declaración de actividades ajenas al empleo municipal a efectos de incompatibilidades, mediante ejemplar normalizado que será entregado por la Dependencia encargada de la contratación.
d) Original de los méritos valorados en la fase de concurso, a fin de proceder a su
compulsa. No serán tenidos en cuenta los méritos no acreditados en esta forma,
procediéndose a convocar al Tribunal para revisar las calificaciones si fuera necesario.
e) En el supuesto de haber optado por el turno de discapacidad, original del certificado
que acredite el grado de minusvalía, acompañado de original para su compulsa.
Con el fin de acreditar el requisito recogido en la Base Segunda, b) los aspirantes propuestos deberán someterse a un reconocimiento médico realizado por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, reconocimiento por el que se acreditará que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de la plaza, en caso negativo el
informe deberá acompañarse de cuanta pruebas sean necesarias para la motivación de la naturaleza o grado del daño que hubiera motivado la propuesta.

BOCM-20210726-57

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