Getafe (BOCM-20210726-57)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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B.O.C.M. Núm. 176

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE JULIO DE 2021

Puntuación. Se valorará a razón de 0,003 puntos por día de cotización reflejado en
vida laboral, hasta un máximo de 5 puntos.
b) Se valorará la experiencia como funcionario o personal laboral en plazas o puestos
de técnicos de laboratorios, pertenecientes al Subgrupo A1, o denominación diferente pero con funciones similares, en laboratorios municipales no acreditados o
laboratorios pertenecientes a otras administraciones públicas.
Puntuación. Se valorará a razón de 0,002 puntos por día de cotización reflejado en
vida laboral hasta un máximo de 3 puntos.
Acreditación de la experiencia. Se acreditará la experiencia mediante:
— Certificación de la administración local para la que se prestaron los servicios
en la que figuren tiempo de servicios prestados así como escala, subescala y
grupo, o categoría en el supuesto de contrataciones de carácter laboral, así
como las funciones desarrolladas en el supuesto de no ser coincidente la denominación con la de los puestos convocados.
— Se acompañará en cualquier caso de Certificado de vida laboral actualizado.
Para la acreditación de los servicios prestados en el Ayuntamiento de Getafe se incorporará de oficio siempre que así se solicite en la instancia de participación.
7.2. Fase de oposición.
7.2.1. Primer ejercicio. Ejercicio tipo test. Consistirá en la contestación de un cuestionario de 100 preguntas tipo test de tres respuestas alternativas de las que una será la más
correcta. Versará sobre la totalidad de los temas contenidos en el Anexo I. Temario General y Temario específico, bloques A y B.
El cuestionario contendrá además 5 preguntas de reserva que los aspirantes tendrán
que contestar para que sean valoradas en sustitución de las que eventualmente el Tribunal
pueda declarar invalidadas por causas justificadas.
El ejercicio será calificado de forma global de 0 a 10 puntos.
El Tribunal Calificador se encuentra facultado para el establecimiento de la calificación mínima necesaria para la superación del ejercicio y el pase al segundo ejercicio.
El número de aciertos netos será el resultado de aplicar la siguiente penalización: por
cada tres respuestas erróneas se eliminará una correcta. Las preguntas no contestadas y las
contestadas de forma indebida (más de una respuesta marcada o marcaciones mal hechas)
no contabilizarán.
7.2.2. Segundo ejercicio. Ejercicio teórico de desarrollo. Consistirá en el desarrollo
escrito de un tema a elegir por el o la aspirante, de entre dos extraídos al azar de los contenidos en el Temario Específico. Bloque A del Anexo I, en un tiempo máximo de dos horas.
El segundo ejercicio de desarrollo de tema se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesaria la obtención de 5 puntos para no ser eliminado/a. Se valorará la amplitud y actualización de conocimientos así como la claridad y orden en su redacción.
7.2.3. Tercer ejercicio. Ejercicio práctico. Consistirá en la realización de uno o varios supuestos prácticos relacionados con los procedimientos, tareas y funciones del puesto de trabajo y con la totalidad de temas contenidos en el en el Temario específico.
El ejercicio será de carácter manipulativo en el laboratorio municipal, con posibilidad
de inclusión de cuestiones escritas. El Tribunal determinará el tiempo de realización, con
un máximo de dos horas.
En el supuesto de que el elevado número de aspirantes impida la realización del ejercicio de forma manipulativa en el laboratorio, el Tribunal podrá acordar la realización de
un ejercicio de forma únicamente escrita.
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesaria la obtención de 5 puntos para no ser
eliminado.
En el supuesto de que algún tema de los incluidos en el programa de la convocatoria
se viese afectado por alguna modificación, ampliación o derogación legislativa, se exigirá
el conocimiento de la legislación vigente en el momento de la realización de las pruebas.
Las personas que no superen los ejercicios por no alcanzar la puntuación mínima, serán calificadas como no aptas, no dándose publicidad de su identidad completa ni de su calificación en las actas del Tribunal.
Octava. Lista de aprobados y propuesta del tribunal calificador
8.1. Calificación de la fase de concurso-oposición.—La calificación de los aspirantes en el concurso-oposición se realizará mediante la suma de las puntuaciones obtenidas
en la fase de concurso y la fase de oposición.

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