Getafe (BOCM-20210726-58)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

LUNES 26 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 176

No serán tenidos en cuenta los méritos alegados y que no se hayan acreditado en el plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de lo establecido en la base 7.1 referido al
plazo de subsanación en la acreditación de méritos.
Concluidas las pruebas selectivas, los y las aspirantes propuestos deberán presentar,
junto con los documentos que se relacionan en la base novena, los originales de los méritos
alegados mediante fotocopia simple, para su comprobación y compulsa.
No será necesaria la compulsa de documentos cuando, por haberse presentado la solicitud aportando originales para su digitalización en la Oficina de Registro distinto al Ayuntamiento de Getafe, los documentos sean remitidos al órgano convocante con la indicación
de que es copia electrónica auténtica del original.
3.2. Plazo de presentación: el plazo de presentación de solicitudes será de veinte días
naturales, contados a partir del siguiente al de publicación del anuncio de la convocatoria
en el “Boletín Oficial del Estado”.
3.3. Lugar de presentación: el impreso de solicitud debidamente cumplimentado se
presentará en el Registro General del ilustrísimo Ayuntamiento de Getafe, plaza Constitución, número 1, planta baja.
Las instancias también podrán presentarse en las distintas formas que establece la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.4. Tasa por derechos de examen: la cuantía de la tasa por derechos de examen viene fijada en las Ordenanzas Fiscales del Ayuntamiento de Getafe y vendrá expresada en el
modelo de autoliquidación
El importe de tasas se hará efectivo mediante modelo de ingreso autoliquidación que
podrá descargarse de la Sede electrónica o ser facilitado de forma gratuita por el Ayuntamiento de Getafe, en la forma y entidades bancarias que en dicho documento de ingreso
se determinen.
Gozarán de una reducción del 50 por 100 de la cuota las personas que participen en
procesos de funcionarización y promoción interna.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de instancias determinará la exclusión conforme a lo dispuesto en la base 4.2.
En ningún caso el pago en la entidad colaboradora sustituirá el trámite de presentación de
la solicitud en plazo y forma recogido en los apartados 3.1 y 3.2.
3.5. Devolución de las tasas: sólo procederá a la devolución del importe de la tasa
satisfecha cuando, por causas no imputables al sujeto pasivo no tenga lugar la tramitación
del procedimiento por el Ayuntamiento, o cuando los ingresos se declaren indebidos por
resolución.
3.6. Devolución de documentación presentada: transcurridos dos años desde la finalización del proceso selectivo, el Ayuntamiento podrá determinar la destrucción de las fotocopias adjuntas a las instancias de las personas que no lo hayan superado. Los/las interesados/as
podrán solicitar, por escrito, en el Registro General del Ayuntamiento, que les sean devueltos
los documentos en los que tenga interés, una vez cumplidos los plazos legales de recurso.
Cuarta. Admisión de candidatos
4.1. Requisitos de admisión: para ser admitidos/as a las pruebas selectivas bastará
con que los y las aspirantes manifiesten en sus instancias que reúnen, dentro del plazo de
presentación de solicitudes, todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda dentro de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitud con declaración
expresa de la titulación con la que concurre al proceso selectivo y que quede acreditado el
abono de la tasa por derechos de examen, o la exención de la misma, en dicho plazo.
4.2. Listado provisional: expirado el plazo de presentación de instancias, la Concejalía de Recursos Humanos y Seguridad Ciudadana dictará Resolución en el plazo máximo
de un mes, declarando aprobadas las listas provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as con la causa de exclusión y si dicha causa es o no subsanable.
4.3. Plazo de subsanación y listado definitivo: quien no figure en la lista provisional,
así como las personas excluidas dispondrán de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en sede electrónica a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión.
Una vez finalizado el plazo de subsanación, la Concejalía de Recursos Humanos y Seguridad Ciudadana dictará Resolución aprobatoria de la relación definitiva de aspirantes
admitidos y excluidos, que deberá exponerse en Sede electrónica del Ayuntamiento de Ge-

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