D) Anuncios - Consejería de Transportes e Infraestructuras (BOCM-20210726-39)
Convenio –  Convenio de 6 de julio de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Transportes e Infraestructuras), el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid y Envera (Asociación de Empleados de Iberia Padres de Personas con Discapacidad), para la realización de prácticas formativas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 176

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE JULIO DE 2021

Pág. 541

CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El objeto del presente convenio consiste en establecer la fórmula de colaboración entre la Consejería de Transportes e Infraestructuras, el Consorcio Regional de Transportes
Públicos Regulares de Madrid y Envera para la realización de prácticas formativas de personas con discapacidad intelectual en las dependencias de la citada Consejería y del mencionado organismo, con el fin de promover su posterior inserción sociolaboral.
Segunda
Desarrollo de las prácticas formativas
Los destinatarios son personas de más de 18 años con discapacidad intelectual, que
presentan necesidades educativas especiales.
Con la firma del presente convenio podrán incorporarse hasta un máximo de diez personas mayores de edad con discapacidad intelectual. Las prácticas tendrán una duración
máxima de tres meses, con una jornada semanal que no podrá superar las 20 horas.
El contenido de las prácticas formativas consistirá en la realización de tareas de registro, archivo y de apoyo administrativo con carácter general en distintas unidades dependientes de la Consejería de Transportes e Infraestructuras y del Consorcio Regional de
Transportes.
En la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula sexta se determinarán los perfiles requeridos, el número de plazas de prácticas y su localización, así como el momento
de su realización.
Dado el carácter formativo y de inserción laboral de las prácticas, los participantes no
percibirán contraprestación económica alguna por las actividades que realicen durante el
desarrollo de las mismas, ni tendrán relación laboral alguna con la Comunidad de Madrid,
no dándose por lo tanto las notas del artículo 1.1 del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores para ser consideradas estas prácticas como una relación laboral. Durante la vigencia
de las prácticas, los participantes no podrán asumir responsabilidades profesionales ni ocupar puesto de trabajo alguno en la Comunidad de Madrid, ni siquiera de carácter eventual.
Tercera
Obligaciones de la Consejería de Transportes e Infraestructuras
y del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid
La Consejería de Transportes e Infraestructuras y el Consorcio Regional de Transportes se comprometen a:
a) Conformar la oferta de plazas de prácticas.
b) Planificar y preparar, junto con Envera, la programación de las prácticas formativas a realizar por los participantes seleccionados.
c) Participar en el proceso de selección de los candidatos.
d) Nombrar, a propuesta del centro directivo de la Consejería o del Consorcio Regional de Transportes en donde los participantes realicen las prácticas, un responsable encargado de las tareas de asesoramiento, supervisión, seguimiento y evaluación de las mismas.
La realización de estas prácticas no supondrá para la Comunidad de Madrid la adquisición de más compromisos que los estipulados en la presente cláusula y, en ningún caso,
se derivarán obligaciones propias de un contrato laboral o de servicios con los participantes.
Obligaciones de Envera
Envera se compromete a:
a) Definir la metodología de trabajo para la realización de las prácticas y la evaluación del conjunto de las actuaciones desarrolladas.
b) Planificar y preparar, junto con la Consejería de Transportes e Infraestructuras, y
en su caso, el Consorcio Regional de Transportes, la programación de las prácticas formativas a realizar por los participantes seleccionados.

BOCM-20210726-39

Cuarta