C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20210726-24)
Concesión de ayudas –  Orden 550/2021, de 24 de junio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para el equipamiento y la implantación de nuevos servicios y tecnologías en las bibliotecas públicas, correspondiente a 2021
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 496

LUNES 26 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 176

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
24

ORDEN 550/2021, de 24 de junio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para el equipamiento y la implantación de nuevos servicios
y tecnologías en las bibliotecas públicas, correspondiente a 2021.

Mediante Orden 180/2017, de 27 de enero, de la Consejería de Presidencia, Justicia y
Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de febrero de 2017), modificada por Orden 167/2017, de 14 de noviembre, de la Consejería de
Cultura, Turismo y Deportes (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de
noviembre de 2017), se establecieron las bases reguladoras de las subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid para el equipamiento y la implantación de nuevos servicios y tecnologías en las bibliotecas públicas.
En desarrollo de lo anterior, por Orden 1529/2020, de 9 de diciembre, se convocaron
las ayudas del año 2021. La Orden se hizo pública a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y el Extracto de la misma fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID el 15 de abril de 2021.
A la vista de las solicitudes recibidas, previos los informes técnicos oportunos, y de su
valoración por parte de la Comisión de Evaluación de las ayudas, reunida en fecha 8 de junio de 2021, se ha elevado propuesta de resolución por parte de la Dirección General de Patrimonio Cultural.
Por todo ello, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 41 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, y artículo 7.1.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
DISPONE
Artículo 1
Beneficiarios e imputación presupuestaria
Conceder subvenciones a los municipios relacionados en el Anexo I de la presente Orden, con el destino y la cuantía que se especifica en el mismo.
Dicho gasto se hará efectivo con cargo al crédito autorizado en la partida 76309, del
programa 332B, del vigente Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid.
Artículo 2
Solicitudes denegadas
Denegar las solicitudes presentadas por los municipios que se citan en el Anexo II de
la presente Orden, por las causas que se detallan en el mismo.
Artículo 3
1. El plazo para la presentación de la documentación justificativa de la subvención y
el resto de documentos que se indican en los apartados siguientes finaliza el 30 de septiembre de 2021.

BOCM-20210726-24

Forma y plazo de justificación de la subvención