Navalcarnero (BOCM-20210722-82)
Urbanismo. Estatutos de Junta de Compensación Sector I-6
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 173

BOCM-20210722-82

3. Los acuerdos del Consejo Rector serán adoptados por mayoría de votos, reconociéndose calidad de voto dirimente al del presidente en caso de empate, y serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio de los recursos previstos en el título IV de estos estatutos”.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo, en plazo de dos meses, ante la Sala correspondiente de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, contados a partir del siguiente día al de la publicación del presente acuerdo (artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de
la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998),
todo ello sin perjuicio de que se pueda formular cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos (art. 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Navalcarnero, a 30 de junio de 2021.—El alcalde-presidente, José Luis Adell Fernández.
(02/22.917/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791